INVERSIONES HUICHA SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2025
- Notario
- DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS
- Domicilio
- titular ANDRÉS CUEVAS OSSANDON
- Comuna
- Santiago de don EDUARDO JAVIER DIEZ
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDAVID ANTONIO TORO IGLESIAS, Notario Público suplente del titular ANDRÉS CUEVAS OSSANDON, Iquique, Luis Uribe 330, certifica: Por escritura pública hoy ante mi: JORGE SALOMON ATALA ASSEF, por sí y en representación de LILIAN SORAYA ATALA ASSEF. PRIMERO: ANTECEDENTES: A) Por escritura pública de fecha veintisiete de enero del año dos mil catorce, repertorio número dos mil ochenta y seis del mismo año, extendida en Notaría Pública de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, se constituyó la sociedad INVERSIONES HUICHA SPA, rut: 76.362.971-6, capital: $5.000.000; B) Por escritura pública de fecha veintidós de mayo del año dos mil veinticuatro, repertorio número veintinueve mil ochenta y uno, extendida ante el Notario Público Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago don PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL, se disolvió, liquidó y adjudicó la referida sociedad; C) Por escritura pública de fecha veintiséis de septiembre del año dos mil veinticuatro, repertorio número dos mil doscientos setenta y cuatro, extendida ante el Notario Público Suplente de la Sexta Notaría de iquique don DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS, se saneo la escritura de disolución, liquidación y adjudicación; D) Por escritura pública de fecha veinticuatro de abril del año dos mil veinticinco, repertorio número mil doscientos cuarenta y seis, extendida ante el Notario Público Suplente de la Sexta Notaría de Iquique don DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS, se saneo la escritura de saneamiento de la escritura de disolución, liquidación y adjudicación. SEGUNDO: RESCILIACIÓN: El compareciente, por sí y en la representación que inviste, y facultado para tales efectos, viene en este acto y por este instrumento en resciliar los Saneamientos que constan en las siguientes escrituras: A) Saneamiento por escritura de fecha veintiséis de septiembre del año dos mil veinticuatro; y, B) Saneamiento por escritura de fecha veinticuatro de abril del año dos mil veinticinco. TERCERO: SANEAMIENTO: La escritura pública de disolución, liquidación y adjudicación, individualizada en la cláusula primera letra B), no fue extractada, publicada e inscrita en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo dentro de plazo legal. Otras estipulaciones en escritura extractada. Iquique 03 de junio de 2025.