CERRO ALTO CONSULTORÍA EMPRESARIAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- La sociedad rige desde la fecha de la escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2035, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahuc io formulado por cualquiera de ellos
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales, estudios, confección de proyectos y asesorías en gestión y planificación estratégica, en materias propias del campo de la ingeniería en sus diversas variantes, y en otras materias análogas que los socios acordaren y que tengan relación directa o indirecta con el
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón so cial corresponderá exclusivamente a doña Denisse Isabel Saavedra Godoy, quien, anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5.841, comuna de La Reina, Certifica: Por escritura pública de fecha 9 de junio de 2025, repertorio No. 25.386 –2025, ante don Gonzalo Prieto Magnolfi, Notario Reemplazante, doña DENISSE ISABEL SAAVEDRA GODOY, domiciliada para estos efectos, en Calle Camino del Cerro Alto N° 10.177, casa 10, Condominio Cerro Alto Lote ocho A, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y de paso en ésta; y, don CARLOS EDUARDO SOTO ARREDONDO, domiciliado para estos efectos en calle Mardoñal N° 8.672, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y de paso en ésta, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “CERRO ALTO CONSULTORÍA EMPRESARIAL LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “LTDA.”. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales, estudios, confección de proyectos y asesorías en gestión y planificación estratégica, en materias propias del campo de la ingeniería en sus diversas variantes, y en otras materias análogas que los socios acordaren y que tengan relación directa o indirecta con el objeto social. Administración, Representación y Uso de la Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón so cial corresponderá exclusivamente a doña Denisse Isabel Saavedra Godoy, quien, anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) doña Denisse Isabel Saavedra Godoy aporta la suma de $500.000, equivalentes al 50% del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja social, y, b) don Carlos Eduardo Soto Arredondo aporta la suma de $500.000, equivalentes al 50% del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad rige desde la fecha de la escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2035, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahuc io formulado por cualquiera de ellos. Domicilio Social: comuna de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 9 de junio de 2025.