MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Transportes Navarro Limitada

RUT 76419643-0 CVE 2658987
Fecha instrumento
4 de junio de 2025
Notaría
Lautaro

Instrumento

Fecha
4 de junio de 2025
Repertorio
292-2025
Comuna
Lautaro

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Gonzalo Cruz Gutiérrez, Abogado, Notario Titular de la 1ª Notaría de Lautaro, con oficio en José Miguel Carrera, oficina 31, comuna de Lautaro, CERTIFICA: Por escritura pública suscrita con fecha 04 de junio de 2025, ante mí: JESSICA MARISOL MARÍN BUSTOS y MAURICIO ALEXIS NAVARRO ZÚÑIGA, ambos domiciliados en calle Carrera número setecientos sesenta, Perquenco, rectifican y complementan la escritura pública de fecha 17 de marzo de 2025, Repertorio N° 292-2025 de esta notaría, por medio de la cual JESSICA MARISOL MARÍN BUSTOS, vende, cede y transfiere a don MAURICIO ALEXIS NAVARRO ZÚÑIGA, el cien por ciento de los derechos que le corresponden en SOCIEDAD DE TRANSPORTES NAVARRO LIMITADA, o TRANSPORTES NAVARRO LTDA., inscrita a fojas 103 vuelta, N° 86, Registro de Comercio de 2014, del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro, el precio de la cesión es $45.000.000.- que el cesionario pagó con anterioridad. Por lo anterior, la sociedad ha dejado de ser una Sociedad de Responsabilidad Limitada por reunir todos los derechos en una sola persona, don MAURICIO ALEXIS NAVARRO ZÚÑIGA quien expuso que transforma dicha sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, cuyo nombre social es SOCIEDAD DE TRANSPORTES NAVARRO SpA. Se rectifica y complementa mencionada escritura pública en su cláusula segunda, debiendo decir: “SEGUNDO: Por el presente instrumento, doña JESSICA MARISOL MARÍN BUSTOS, vende, cede y transfiere a don MAURICIO ALEXIS NAVARRO ZÚÑIGA, quien a su vez compra, acepta y adquiere para sí, el cien por ciento de los derechos que le corresponden en la sociedad, el precio de la cesión es la suma de cuarenta y cinco millones de pesos que el cesionario pagó con anterioridad a este acto, personal y directamente a la socia cedente. La cedente otorga el más completo y amplio finiquito al cesionario.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Lautaro, 05 de junio de 2025.