Instrumento
- Fecha
- 20 de mayo de 2025
- Repertorio
- 16175
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $45.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: “Celebrar toda clase de actos y contratos sobre toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales. La compra, venta, comercialización y distribución de toda clase de bienes inmuebles y también toda clase de bienes muebles o equipos, como el arrendamiento de ellos, con o sin opción de compra; b) Efectuar todo tipo de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, inclusive acciones, bonos, debentures, participación en sociedades de personas, cuotas en fondos mutuos, efectos de comercio, y en general, en instrumentos de crédito, la administración de dichas inversiones, y la percepción de sus frutos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la gestión de corretaje y administración de propiedades; c) Ejercer de comisionista, intermediario o corredor en todo tipo de negocios o asuntos sobre toda clase de bienes, muebles, inmuebles, corporales o incorporales; d) Intervenir en operaciones de comercio exterior, ya sea importando o exportando toda clase de bienes, productos, tecnologías o servicios, y la operación en zonas y depósitos francos, como asimismo, la actuación como agente o representante de compañías del exterior en Chile o viceversa; e) Explotar toda clase de establecimientos comerciales o fabriles, y comercializar o distribuir toda clase de bienes o servicios, ya sea al por mayor o menor; f) La inversión, reinversión, y explotación de toda clase de negocios; la participación en sociedades de cualquier naturaleza que éstas sean y sea cual fuere su objeto; la formación, modificación o participación en cualquier otro tipo de sociedades, la prestación de toda clase de servicios comerciales, agrícolas o industriales, y la realización de cualquier otra actividad civil, comercial, de construcción, relacionada o no con las anteriores, que convengan los socios; g) La representación de empresas extranjeras en el país en toda clase de negocios; h) Todo otro giro que acuerden los socios, todo ello tanto por cuenta propia como por medio de terceros y)o asociados o en coparticipación; i) Se comprende dentro del giro de la sociedad la administración, disposición y percepción de los frutos sobre los bienes de su giro y cualquiera otra que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, chileno, abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, segundo piso, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de Mayo 2025, repertorio N° 16.175, ante suplente Carolina Piña Cuevas: Don Paulo Cesar Carocca Alfaro, chileno, empresario, divorciado, cédula N° 10.986.404-8, Avenida Vitacura N° 2.939, oficina 301, Vitacura; Don Cristian Andres Balcazar, argentino, inversionista, soltero, Pasaporte N° AAD378831, R.U.T.N° 48.228.593-7, y Don Carlos Rodolfo Balcazar Sepulveda, argentino, inversionista, soltero, Pasaporte N° AAD482262, R.U.T.N° 48.228.588-0, ambos con domicilio en Calle 25 de Mayo N° 828, Rio Grande, Tierra del Fuego, Argentina, y de paso en ésta, con domicilio convencional, para estos efectos, en Avenida Vitacura N° 2939, oficina 301, Vitacura, constituyeron sociedad por acciones con los siguientes estatutos: NOMBRE: “INVERSIONES TIEMPO SpA”, en adelante la sociedad; Duración: Indefinida. OBJETO. El objeto de la sociedad será: “Celebrar toda clase de actos y contratos sobre toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales. La compra, venta, comercialización y distribución de toda clase de bienes inmuebles y también toda clase de bienes muebles o equipos, como el arrendamiento de ellos, con o sin opción de compra; b) Efectuar todo tipo de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, inclusive acciones, bonos, debentures, participación en sociedades de personas, cuotas en fondos mutuos, efectos de comercio, y en general, en instrumentos de crédito, la administración de dichas inversiones, y la percepción de sus frutos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la gestión de corretaje y administración de propiedades; c) Ejercer de comisionista, intermediario o corredor en todo tipo de negocios o asuntos sobre toda clase de bienes, muebles, inmuebles, corporales o incorporales; d) Intervenir en operaciones de comercio exterior, ya sea importando o exportando toda clase de bienes, productos, tecnologías o servicios, y la operación en zonas y depósitos francos, como asimismo, la actuación como agente o representante de compañías del exterior en Chile o viceversa; e) Explotar toda clase de establecimientos comerciales o fabriles, y comercializar o distribuir toda clase de bienes o servicios, ya sea al por mayor o menor; f) La inversión, reinversión, y explotación de toda clase de negocios; la participación en sociedades de cualquier naturaleza que éstas sean y sea cual fuere su objeto; la formación, modificación o participación en cualquier otro tipo de sociedades, la prestación de toda clase de servicios comerciales, agrícolas o industriales, y la realización de cualquier otra actividad civil, comercial, de construcción, relacionada o no con las anteriores, que convengan los socios; g) La representación de empresas extranjeras en el país en toda clase de negocios; h) Todo otro giro que acuerden los socios, todo ello tanto por cuenta propia como por medio de terceros y/o asociados o en coparticipación; i) Se comprende dentro del giro de la sociedad la administración, disposición y percepción de los frutos sobre los bienes de su giro y cualquiera otra que acordaren los accionistas.”. Capital: $45.000.000, dividido en 45.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, totalmente suscrito y pagado, de manera indicada en escritura extractada, Administración y uso razón social: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a Don Paulo Cesar Carocca Alfaro, anteponiendo la razón social a su firma tendrá las más amplias facultades indicadas en escritura extractada, Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de Junio de 2025.