INMOBILIARIA PAILLÁN Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2024
- Notario
- Esmirna Vidal Moraga
- Domicilio
- agrupación de comunas de Temuco
Sociedad
- Capital
- $43.000.000 CLP
- Duración
- 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años sí ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Responsabilidad: La
Objeto social
La Sociedad tiene por
Administración
La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña GABRIELA PATRICIA RAPIMÁN LICANQUEO, quien, anteponiendo la razón social, el nombre de fantasía o su firma, representara a la sociedad con las más amplias facultades en todo tipo de asuntos contratos, actos y negocios
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEsmirna Vidal Moraga, Abogada, Notario Público Titular de la agrupación de comunas de Temuco, Padre las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con domicilio en calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve de la comuna de Temuco, certifico que por escritura pública de fecha 17 de diciembre de 2024, repertorio número 14043 - 2024, otorgada ante mí, don ERNESTO ELEODORO PAILLÁN HERNÁNDEZ, quien declara ser chileno, Profesor, casado y separado de bienes, cédula de identidad número once millones cuatrocientos once mil cuatrocientos treinta y cuatro guion cero, con domicilio en calle Naminao Nahuel número cuatrocientos treinta y uno, Villa Caupolicán, Pedro de Valdivia, Ciudad y comuna de Temuco y doña GABRIELA PATRICIA RAPIMÁN LICANQUEO, quien declara ser chilena, trabajadora dependiente, casada y separada de bienes, cédula de identidad número diez millones doscientos diez mil seiscientos setenta y nueve guion 2, con domicilio en calle Naminao Nahuel número cuatrocientos treinta y uno, Villa Caupolicán, Pedro de Valdivia, Ciudad y comuna de Temuco, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: INMOBILIARIA PAILLÁN Y COMPAÑÍA LIMITADA (la “Sociedad”). Objeto: La Sociedad tiene por objeto: desarrollar las siguientes actividades: La compra, venta, usufructo, uso, arrendamiento con o sin opción de compra, comodato, construcción, intermediación, subdivisión, loteo, administración y explotación de inmuebles, bienes raíces urbanos o rústicos, derechos de aprovechamiento de aguas, derechos mineros, concesiones, administrar sus frutos y rentas, y los demás negocios que los socios acuerden. Administración: La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña GABRIELA PATRICIA RAPIMÁN LICANQUEO, quien, anteponiendo la razón social, el nombre de fantasía o su firma, representara a la sociedad con las más amplias facultades en todo tipo de asuntos contratos, actos y negocios. Capital: $43.000.000, que los socios aportaron de la siguiente manera: (i) Don ERNESTO ELEODORO PAILLÁN HERNÁNDEZ, aporta la suma de $38.000.000, transfiriendo en dominio pleno y como cuerpo cierto a la sociedad los siguientes bienes: A) Un inmueble ubicado en Temuco, pasaje Cacique Francisco Colihuinca número cero mil novecientos veintiocho del loteo Villa Caupolicán que corresponde al lote quince de la manzana K. Los comparecientes, en su calidad de socios de la sociedad que por este instrumento se constituye, avalúan de común acuerdo la propiedad que se individualiza precedentemente en la cantidad de $19.000.000. B) Un inmueble ubicado en Temuco, pasaje Cacique Francisco Colihuinca número cero mil novecientos cincuenta y ocho, que corresponde al Lote Dieciocho de la manzana K del plano de loteo Villa Caupolicán de esta ciudad. Los comparecientes, en su calidad de socios de la sociedad que por este instrumento se constituye, avalúan de común acuerdo la propiedad que se individualiza precedentemente en la cantidad de $19.000.000. (ii) doña GABRIELA PATRICIA RAPIMÁN LICANQUEO, aporta la suma de $5.000.000, aportando la cantidad de $1.000.000, de contado, en dinero en efectivo, los cuales fueron pagados con anterioridad a la firma de la presente escritura enterados íntegramente en la caja social y la suma de $4.000.000 los cuales serán pagados en un plazo máximo de cinco años a contar de la fecha de firma de la presente escritura de constitucion con cargo a las utilidades que genere la sociedad Duración: 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años sí ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta la concurrencia del cincuenta por ciento. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó a portador de este extracto para legalización. Temuco, 10 de junio de 2025.