MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GESTIÓN Y DESARROLLO ISLAS DEL SUR SpA

RUT 77285259-2 CVE 2658886
Fecha instrumento
15 de mayo de 2025
Notaría
Castro
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de mayo de 2025
Notario
CRISTOPHER ANDRES ROLACK FUENTES
Oficio
Segunda Notaria de Castro
Comuna
Castro

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Chonchi, Región de Los Lagos
Duración
La sociedad continuará rigiendo como ha hecho hasta ahora y tendrá una duración de cinco años, contados desde esta fecha. Se entenderá prorrogada la duración de la Sociedad en forma tácita y automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en orden a que la sociedad expire o termine al vencimiento del plazo o del período que entonces estuviere en vigor. CERTIFICACIÓN: El notario que autorizó certifica que, conforme al registro de accionistas de la sociedad, la cual ha tenido a la vista, los actuales y únicos accionistas de la sociedad son don CRISTIAN ALEJANDRO BARROS GUTIÉRREZ y don RODRIGO ALEJANDRO PAREDES CARRASCO

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) El desarrollo de obras de ingeniería, construcciones de obras civiles eléctricas, construcción y mantenimiento de instalaciones eléctricas públicas y)o privados en todo el territorio nacional, la construcción de obras de urbanización e implementación de instalaciones eléctricas de todo tipo, sean renovables o no renovables, convencionales o no convencionales, el desarrollo de obras menores en construcción, servicios de albañilería, carpintería; b) Todo tipo de actividades relacionadas a la captación, tratamiento y distribución de aguas; c) La comercialización, compraventa, importación y exportación y arriendo de todo tipo de bienes muebles y especial pero no exclusivamente, maquinarias, repuestos y accesorios para la construcción, instalaciones o productos eléctricos y de cualquier otro tipo de proyectos de especialidad, construcción e ingeniería; d) Actividades de Consultoría y gestión en todo tipo de actividades indicadas en los literales anteriores y en cualquier otra; e) La inversión, compra, venta, permuta, adquisición, enajenación, arriendo, subarriendo, gestión, división, subdivisión, construcción, reparación, remodelación y administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces, y de cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles o de derechos constituidos en ellos; f) La inversión, adquisición, enajenación, cesión, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles, derechos o créditos, corporales e incorporales; y g) En general, la ejecución de todo acto, convención o contrato que se relacionen directa o indirectamente con el giro social

Administración

La administración y representación de la sociedad, el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderán a cualquiera de los socios, individual e indistintamente, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CRISTOPHER ANDRES ROLACK FUENTES, Notario Publico de la Segunda Notaria de Castro, con oficio en Gamboa 481, comuna de Castro, certifico: Por escritura publica de fecha 15 de mayo de 2025, Repertorio Numero 1.120-2025, otorgada ante mi, don CRISTIAN ALEJANDRO BARROS GUTIÉRREZ modificó la sociedad GESTIÓN Y DESARROLLO ISLAS DEL SUR SpA, en el siguiente sentido: “Artículo Quinto: Capital. El capital social es la cantidad de seis millones de pesos dividido en dos mil acciones, ordinarias, nominativas, de un mismo valor y una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: i. Don Cristián Alejandro Barros Gutiérrez, ya individualizado, en este acto de la siguiente forma: a) Con la suma de un millón de pesos que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, enterando dichos fondos a la caja social; b) Mediante la dación en pago de un vehículo Station Wagon, del año mil novecientos noventa y ocho, marca JEEP, modelo Grand Cherokee LTD cincuenta y nueve, moto y chasis número J Cuatro G Z ocho ocho Z nueve W C uno tres siete seis seis nueve, de color gris, placa patente única S L punto dos cero tres seis guión uno, de su propiedad y avaluado en dos millones de pesos; ii. Don Rodrigo Alejandro Paredes Carrasco con la suma de tres millones de pesos que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, enterando dichos fondos a la caja social.”, concurre al acto don RODRIGO ALEJANDRO PAREDES CARRASCO suscribiendo las acciones indicadas. Seguidamente don CRISTIAN ALEJANDRO BARROS GUTIÉRREZ, domiciliado en Altos del Hueñoco s Puqueldón, comuna de Chiloé y don RODRIGO ALEJANDRO PAREDES CARRASCO, domiciliado en Miraflores Rural, sin número, comuna de Chonchi; transformaron la sociedad GESTIÓN Y DESARROLLO ISLAS DEL SUR SpA en sociedad de Responsabilidad Limitada al tenor de lo prescrito en la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, las normas pertinentes contenidas en el Código de Comercio y Código Civil, cuyo extracto es el siguiente: Razón social: La razón social de la sociedad es “GESTIÓN Y DESARROLLO ISLAS DEL SUR LIMITADA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Chonchi, Región de Los Lagos, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otras ciudades del país o del extranjero. OBJETO SOCIAL. El objeto de la Sociedad será: a) El desarrollo de obras de ingeniería, construcciones de obras civiles eléctricas, construcción y mantenimiento de instalaciones eléctricas públicas y/o privados en todo el territorio nacional, la construcción de obras de urbanización e implementación de instalaciones eléctricas de todo tipo, sean renovables o no renovables, convencionales o no convencionales, el desarrollo de obras menores en construcción, servicios de albañilería, carpintería; b) Todo tipo de actividades relacionadas a la captación, tratamiento y distribución de aguas; c) La comercialización, compraventa, importación y exportación y arriendo de todo tipo de bienes muebles y especial pero no exclusivamente, maquinarias, repuestos y accesorios para la construcción, instalaciones o productos eléctricos y de cualquier otro tipo de proyectos de especialidad, construcción e ingeniería; d) Actividades de Consultoría y gestión en todo tipo de actividades indicadas en los literales anteriores y en cualquier otra; e) La inversión, compra, venta, permuta, adquisición, enajenación, arriendo, subarriendo, gestión, división, subdivisión, construcción, reparación, remodelación y administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces, y de cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles o de derechos constituidos en ellos; f) La inversión, adquisición, enajenación, cesión, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles, derechos o créditos, corporales e incorporales; y g) En general, la ejecución de todo acto, convención o contrato que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Capital: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad será la suma de seis millones de pesos que los socios aportan, enteran, pagan de la siguiente forma: a) Don CRISTIAN ALEJANDRO BARROS GUTIÉRREZ la suma de tres millones de pesos, con cargo a la participación que actualmente tiene en la Sociedad. b) Don RODRIGO ALEJANDRO PAREDES CARRASCO, la suma de tres millones de pesos con cargo a la participación que actualmente tiene en la Sociedad. Conforme lo anterior, los socios participan en la sociedad de manera equitativa con un cincuenta por ciento de participación cada uno, y cuyo capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración y representación de la sociedad, el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderán a cualquiera de los socios, individual e indistintamente, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. Duración: La sociedad continuará rigiendo como ha hecho hasta ahora y tendrá una duración de cinco años, contados desde esta fecha. Se entenderá prorrogada la duración de la Sociedad en forma tácita y automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en orden a que la sociedad expire o termine al vencimiento del plazo o del período que entonces estuviere en vigor. CERTIFICACIÓN: El notario que autorizó certifica que, conforme al registro de accionistas de la sociedad, la cual ha tenido a la vista, los actuales y únicos accionistas de la sociedad son don CRISTIAN ALEJANDRO BARROS GUTIÉRREZ y don RODRIGO ALEJANDRO PAREDES CARRASCO. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy Fe. Castro, 03 de junio de 2025.