GESTIÓN Y DESARROLLO ISLAS DEL SUR SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2025
- Notario
- CRISTOPHER ANDRES ROLACK FUENTES
- Oficio
- Segunda Notaria de Castro
- Comuna
- Castro
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Chonchi, Región de Los Lagos
- Duración
- La sociedad continuará rigiendo como ha hecho hasta ahora y tendrá una duración de cinco años, contados desde esta fecha. Se entenderá prorrogada la duración de la Sociedad en forma tácita y automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en orden a que la sociedad expire o termine al vencimiento del plazo o del período que entonces estuviere en vigor. CERTIFICACIÓN: El notario que autorizó certifica que, conforme al registro de accionistas de la sociedad, la cual ha tenido a la vista, los actuales y únicos accionistas de la sociedad son don CRISTIAN ALEJANDRO BARROS GUTIÉRREZ y don RODRIGO ALEJANDRO PAREDES CARRASCO
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) El desarrollo de obras de ingeniería, construcciones de obras civiles eléctricas, construcción y mantenimiento de instalaciones eléctricas públicas y)o privados en todo el territorio nacional, la construcción de obras de urbanización e implementación de instalaciones eléctricas de todo tipo, sean renovables o no renovables, convencionales o no convencionales, el desarrollo de obras menores en construcción, servicios de albañilería, carpintería; b) Todo tipo de actividades relacionadas a la captación, tratamiento y distribución de aguas; c) La comercialización, compraventa, importación y exportación y arriendo de todo tipo de bienes muebles y especial pero no exclusivamente, maquinarias, repuestos y accesorios para la construcción, instalaciones o productos eléctricos y de cualquier otro tipo de proyectos de especialidad, construcción e ingeniería; d) Actividades de Consultoría y gestión en todo tipo de actividades indicadas en los literales anteriores y en cualquier otra; e) La inversión, compra, venta, permuta, adquisición, enajenación, arriendo, subarriendo, gestión, división, subdivisión, construcción, reparación, remodelación y administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces, y de cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles o de derechos constituidos en ellos; f) La inversión, adquisición, enajenación, cesión, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles, derechos o créditos, corporales e incorporales; y g) En general, la ejecución de todo acto, convención o contrato que se relacionen directa o indirectamente con el giro social
Administración
La administración y representación de la sociedad, el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderán a cualquiera de los socios, individual e indistintamente, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTOPHER ANDRES ROLACK FUENTES, Notario Publico de la Segunda Notaria de Castro, con oficio en Gamboa 481, comuna de Castro, certifico: Por escritura publica de fecha 15 de mayo de 2025, Repertorio Numero 1.120-2025, otorgada ante mi, don CRISTIAN ALEJANDRO BARROS GUTIÉRREZ modificó la sociedad GESTIÓN Y DESARROLLO ISLAS DEL SUR SpA, en el siguiente sentido: “Artículo Quinto: Capital. El capital social es la cantidad de seis millones de pesos dividido en dos mil acciones, ordinarias, nominativas, de un mismo valor y una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: i. Don Cristián Alejandro Barros Gutiérrez, ya individualizado, en este acto de la siguiente forma: a) Con la suma de un millón de pesos que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, enterando dichos fondos a la caja social; b) Mediante la dación en pago de un vehículo Station Wagon, del año mil novecientos noventa y ocho, marca JEEP, modelo Grand Cherokee LTD cincuenta y nueve, moto y chasis número J Cuatro G Z ocho ocho Z nueve W C uno tres siete seis seis nueve, de color gris, placa patente única S L punto dos cero tres seis guión uno, de su propiedad y avaluado en dos millones de pesos; ii. Don Rodrigo Alejandro Paredes Carrasco con la suma de tres millones de pesos que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, enterando dichos fondos a la caja social.”, concurre al acto don RODRIGO ALEJANDRO PAREDES CARRASCO suscribiendo las acciones indicadas. Seguidamente don CRISTIAN ALEJANDRO BARROS GUTIÉRREZ, domiciliado en Altos del Hueñoco s Puqueldón, comuna de Chiloé y don RODRIGO ALEJANDRO PAREDES CARRASCO, domiciliado en Miraflores Rural, sin número, comuna de Chonchi; transformaron la sociedad GESTIÓN Y DESARROLLO ISLAS DEL SUR SpA en sociedad de Responsabilidad Limitada al tenor de lo prescrito en la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, las normas pertinentes contenidas en el Código de Comercio y Código Civil, cuyo extracto es el siguiente: Razón social: La razón social de la sociedad es “GESTIÓN Y DESARROLLO ISLAS DEL SUR LIMITADA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Chonchi, Región de Los Lagos, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otras ciudades del país o del extranjero. OBJETO SOCIAL. El objeto de la Sociedad será: a) El desarrollo de obras de ingeniería, construcciones de obras civiles eléctricas, construcción y mantenimiento de instalaciones eléctricas públicas y/o privados en todo el territorio nacional, la construcción de obras de urbanización e implementación de instalaciones eléctricas de todo tipo, sean renovables o no renovables, convencionales o no convencionales, el desarrollo de obras menores en construcción, servicios de albañilería, carpintería; b) Todo tipo de actividades relacionadas a la captación, tratamiento y distribución de aguas; c) La comercialización, compraventa, importación y exportación y arriendo de todo tipo de bienes muebles y especial pero no exclusivamente, maquinarias, repuestos y accesorios para la construcción, instalaciones o productos eléctricos y de cualquier otro tipo de proyectos de especialidad, construcción e ingeniería; d) Actividades de Consultoría y gestión en todo tipo de actividades indicadas en los literales anteriores y en cualquier otra; e) La inversión, compra, venta, permuta, adquisición, enajenación, arriendo, subarriendo, gestión, división, subdivisión, construcción, reparación, remodelación y administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces, y de cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles o de derechos constituidos en ellos; f) La inversión, adquisición, enajenación, cesión, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles, derechos o créditos, corporales e incorporales; y g) En general, la ejecución de todo acto, convención o contrato que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Capital: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad será la suma de seis millones de pesos que los socios aportan, enteran, pagan de la siguiente forma: a) Don CRISTIAN ALEJANDRO BARROS GUTIÉRREZ la suma de tres millones de pesos, con cargo a la participación que actualmente tiene en la Sociedad. b) Don RODRIGO ALEJANDRO PAREDES CARRASCO, la suma de tres millones de pesos con cargo a la participación que actualmente tiene en la Sociedad. Conforme lo anterior, los socios participan en la sociedad de manera equitativa con un cincuenta por ciento de participación cada uno, y cuyo capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración y representación de la sociedad, el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderán a cualquiera de los socios, individual e indistintamente, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. Duración: La sociedad continuará rigiendo como ha hecho hasta ahora y tendrá una duración de cinco años, contados desde esta fecha. Se entenderá prorrogada la duración de la Sociedad en forma tácita y automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en orden a que la sociedad expire o termine al vencimiento del plazo o del período que entonces estuviere en vigor. CERTIFICACIÓN: El notario que autorizó certifica que, conforme al registro de accionistas de la sociedad, la cual ha tenido a la vista, los actuales y únicos accionistas de la sociedad son don CRISTIAN ALEJANDRO BARROS GUTIÉRREZ y don RODRIGO ALEJANDRO PAREDES CARRASCO. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy Fe. Castro, 03 de junio de 2025.