MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DISTRIBUIDORA RUKY LIMITADA

RUT 76756471-6 CVE 2659011
Capital
$8.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de mayo de 2025
Notaría
Parral
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de mayo de 2025
Repertorio
674/2011
Comuna
Parral

Sociedad

Capital
$8.000.000 CLP
Duración
La sociedad comenzó a regir el día quince de abril del año 2011, y tendrá una duración de treinta años contados desde la fecha de la escritura pública de modificación; plazo que será renovable por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno. Modifican la cláusula SEPTIMO de la escritura de constitución, ausencia. Continuidad de la Sociedad. a) En caso de incapacidad sobreviniente de uno de los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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WALTER RODOLFO SOTO MORA, Notario Suplente del Titular don OMAR ANDRÉS PÉREZ AGUILERA, de la Notaría de Parral, con Oficio en calle Pablo Neruda N° 755 certifico: Por escritura otorgada ante el Notario Titular don OMAR ANDRÉS PÉREZ AGUILERA, con fecha 29 de Mayo de 2025, Rep N° 1276/2025, don RIZZIERCI RENE ANTONIO MUÑOZ FUENTES, domiciliado para estos efectos en calle Igualdad número doscientos sesenta y cuatro, de la ciudad de Parral y doña SUSANA ELIZABETH MUÑOZ HENRÍQUEZ, domiciliada en Avenida Mario Mujica Población Digua número seis, de la ciudad de Parral; modificaron la sociedad “DISTRIBUIDORA RUKY LIMITADA”, constituida mediante escritura pública de fecha 04 abril de 2011, otorgada ante el Notario de Parral, de don Jorge Gillet Bebin, Repertorio 674 / 2011, cuyo extracto se inscribió con fecha 15 de abril del año 2011, a fojas 48 número 28, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Parral del año 2011 y se publicó en el Diario Oficial, edición número 39.932. El capital inicial de la sociedad ascendió a la suma total de $8.000.000.-. Rol único tributario número 76.756.471-6. Modificación Consiste: El capital social ascendía a la suma de ocho millones de pesos. correspondiendo a don Rizzierci Rene Antonio Muñoz Fuentes y doña Susana Elizabeth Muñoz Henríquez, con una participación de un 55 y 45 por ciento, respectivamente en los derechos sociales. Se aumenta el capital social en la suma de $472.000.000.-, mediante los siguientes aportes efectuados por los socios: El socio Rizzierci René Antonio Muñoz Fuentes, aporta en este acto, la suma de $463.600.000.-, que entera con la entrega en dominio a la sociedad del inmueble que se singulariza en la cláusula PRIMERO TRANSITORIO, y que corresponde a: casa y sitio ubicado en calle Arturo Prat número 355 de Parral. La propiedad figura con el Rol de Avalúo Fiscal número 66-2, de la comuna de Parral. La socia doña Susana Elizabeth Muñoz Henríquez, aporta en este acto la suma de $8.400.000.-, que entera con la suma de $3.400.000.-, al contado en este acto, y el saldo de $5.000.000.- en el plazo de un año a contar de la fecha de la escritura. Modifican la cláusula CUARTA de la escritura de constitución, la cual para todos los efectos legales es reemplazada por una cláusula del siguiente tenor: CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de $480.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno) El socio don Rizzierci Rene Antonio Muñoz Fuentes, con la suma de $468.000.000.-, equivalente al 97,5% del capital social; y Dos) La socia doña Susana Elizabeth Muñoz Henríquez, con la suma de $12.000.000.-, equivalente al 2,5% del capital social. Modifican la cláusula SEXTO de la escritura de constitución, duración. La sociedad comenzó a regir el día quince de abril del año 2011, y tendrá una duración de treinta años contados desde la fecha de la escritura pública de modificación; plazo que será renovable por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno. Modifican la cláusula SEPTIMO de la escritura de constitución, ausencia. Continuidad de la Sociedad. a) En caso de incapacidad sobreviniente de uno de los socios. b) En caso de fallecimiento de uno de los socios. c) En caso de insolvencia de uno cualquiera de los socios. d) En caso de fallecimiento del socio administrador, la Administración, Representación y el Uso de la Razón Social, se radicará de pleno derecho, con todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula TERCERO del estatuto social, en doña Susana Elizabeth Muñoz Henríquez. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado, continua vigente el pacto social y su modificación. Parral, 10 de Junio de 2025.