Inversiones JPM Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2025
- Notario
- Susana Belmonte Aguirre
- Oficio
- Undécima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $210.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 50 años contados desde el 5 de julio de 2004, prorrogables tácita, automática y sucesivamente, por periodos iguales de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del plazo de 50 años o de alguna de sus prórrogas
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; prestar asesorías económicas, comerciales, financieras o técnicas; la compra, venta, fabricación, elaboración, importación, exportación y comercialización en cualquier forma, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes muebles; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases; y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSusana Belmonte Aguirre, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte 555, oficina 201, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública otorgada con fecha 29 de mayo de 2025, ante mí, Juan Pablo Molina Sánchez, cédula de identidad N° 7.037.858-2, domiciliado en San Damián 0149, departamento 901, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, Josefa Isabel Molina Ossa, cédula de identidad N° 15.959.711-3, domiciliada en Avenida Vitacura 5560, departamento 142, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y Juan Pablo Molina Ossa, cédula de identidad N° 16.360.972-K, domiciliado en Avenida Estoril 750, departamento 108, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES JPM LIMITADA”, inscrita a fojas 20.562 N° 15.354 del Registro de Comercio de Santiago año 2004, en el siguiente sentido: 1. Donación de derechos sociales e ingreso de socio: i) Juan Pablo Molina Sánchez dona, cede y transfiere a Josefa Isabel Molina Ossa, quien recibe, acepta y adquiere para sí, un 10,5% de los derechos de la sociedad. ii) Juan Pablo Molina Sánchez dona, cede y transfiere a Juan Pablo Molina Ossa, quien recibe, acepta y adquiere para sí, un 12,5% de los derechos de la sociedad. iii) Las donaciones se efectúan por mera liberalidad del donante y fueron autorizadas por sentencia de fecha 21 de abril de 2025, dictada por el 25°Juzgado Civil de Santiago, en los autos voluntarios Rol N° V-163-2024. El impuesto correspondiente se encuentra pagado según acreditan los Certificados de Pago del Impuesto a las Donaciones Folios N° 5316303 y N° 5316291, a los cuales se refiere expresamente la sentencia antes señalada. iv) De este modo, Juan Pablo Molina Ossa ingresa como socio de Inversiones JPM Limitada, quedando como únicos socios de la sociedad: Juan Pablo Molina Sánchez, con el equivalente al 75% de los derechos sociales, y Josefa Isabel Molina Ossa y Juan Pablo Molina Ossa, cada uno con el equivalente al 12,5% de los derechos sociales. 2. Modificación de estatutos: Únicos y exclusivos socios acordaron reformar los estatutos de la sociedad mediante las siguientes modificaciones: i) establecer expresamente que el domicilio social es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otros lugares del país y/o del extranjero. ii) extender el plazo de duración de la compañía a 50 años contados desde el 5 de julio de 2004, sin perjuicio de eventuales renovaciones. iii) modificar la cláusula sobre el capital, en el sentido de dejar constancia de las participaciones actuales que corresponden a cada socio producto de las donaciones de derechos de que da cuenta la escritura extractada. iv) efectuar algunas reformas parciales, cambios menores, formales y/o no esenciales, y modificar otras cláusulas en materias que no son objeto de extracto. 3. Texto refundido: Únicos y exclusivos socios otorgaron un texto refundido de los estatutos de la sociedad, que incorpora las modificaciones acordadas y que se extracta a continuación: Razón social: “INVERSIONES JPM LIMITADA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; prestar asesorías económicas, comerciales, financieras o técnicas; la compra, venta, fabricación, elaboración, importación, exportación y comercialización en cualquier forma, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes muebles; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases; y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: 50 años contados desde el 5 de julio de 2004, prorrogables tácita, automática y sucesivamente, por periodos iguales de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del plazo de 50 años o de alguna de sus prórrogas. Capital: $210.000.000.- que socios aportan y pagan del siguiente modo: a) Juan Pablo Molina Sánchez aporta la suma de $157.500.000.-, equivalente al 75% de los derechos sociales, monto íntegramente pagado y enterado en caja social; b) Josefa Isabel Molina Ossa aporta la suma de $26.250.000.-, equivalente al 12,5% de los derechos sociales, monto íntegramente pagado y enterado en caja social; y c) Juan Pablo Molina Ossa aporta la suma de $26.250.000.-, equivalente al 12,5% de los derechos sociales, monto íntegramente pagado y enterado en caja social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de razón social: Juan Pablo Molina Sánchez, actuando siempre individualmente, con las más amplias facultades de administración y de disposición. Facultades y reemplazo de socio administrador de acuerdo a tenor escritura extractada. Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de junio de 2025.-