CARNES SAN VICENTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2007
- Notario
- otorgada ante don Rubén Galecio Gómez
- Oficio
- 1ra Notaria Santiago
- Comuna
- Ñuñoa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO ESTEBAN ROCO CAMPOS, Abogado Notario Público Titular 1ra Notaria de Ñuñoa, oficio Av. Irarrázaval 1745 – B, Ñuñoa Santiago, CERTIFICO: Que, por escritura pública de hoy ante mí, AURELIO HERNAN DIEZ BARDELLI, calle Quince Norte Nº 2011 Comuna de Macul, Región Metropolitana, por si y también en representación de don ESTEBAN RODRIGO DIEZ TORRES, domiciliado Avenida Las Parcelas Nº 2425 Comuna de Algarrobo, Región de Valparaíso; don YERKO NICOLAS GARCIA LOBOS, calle Glinca Nº01741 Comuna Puente Alto, y doña FABIANA ANDREA ALZAMORA GUALA, calle Los Vidrieros Nº 1561 Comuna Ñuñoa, vienen en modificar la sociedad "CARNES SAN VICENTE LIMITADA”, nombre de fantasía es “SAN VICENTE LTDA.” Rut: 76.012.265-3, constituida escritura pública fecha 30/11/2007 otorgada ante don Rubén Galecio Gómez, Notario Público Titular 1ra Notaria Santiago, y posterior rectificación de fecha 04/02/2008, otorgada ante doña Laura Andrea Galecio Pesse, Suplente del Titular misma Notaria aludida precedentemente. Extracto constitución se inscribió a fojas 55.721 Nº 39.433 del Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Santiago año 2007, se publicó Diario Oficial de fecha 24/01/2008, en tanto extracto de escritura rectificatoria de esta sociedad se inscribió a fojas 9.484 Nº 6.341 en Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año 2008 se publicó Diario Oficial fecha 04/03/2008. La sociedad fue modificada por escritura fecha 15/03/2018, otorgada ante el Notario de Santiago don Juan Eugenio Del Real Armas, en el sentido del retiro de la socia CARMEN RAQUEL DIEZ BARDELLI y cesión de todos sus derechos sociales a los actuales y únicos socios AURELIO HERNAN DIEZ BARDELLI y ESTEBAN RODRIGO DIEZ TORRES. Extracto de la modificación se inscribió a fojas 25.044 Nº 13.296 en Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Santiago año 2018, y se publicó Diario Oficial fecha 07/04/2018. El socio don AURELIO HERNAN DIEZ BARDELLI, tiene un 50,05% del haber social y el socio don ESTEBAN RODRIGO DIEZ TORRES tiene un 49,95 % del haber social. RETIRO Y CESION DE DERECHOS. Se retira de la sociedad don AURELIO HERNAN DIEZ BARDELLI, quien cede y transfiere todos sus derechos sociales, a la socia que ingresa doña FABIANA ANDREA ALZAMORA GUALA, quien los aceptan para sí, en el precio de $7.507.500, cantidad que la cesionaria paga en este acto en dinero efectivo al cedente, declarando éste recibirlos a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. Así también, por este mismo acto e instrumento, se retira de la sociedad don ESTEBAN RODRIGO DIEZ TORRES, quien debidamente representado por don AURELIO HERNAN DIEZ BARDELLI, cede y transfiere todos sus derechos sociales, al socio que ingresa don YERKO NICOLAS GARCIA LOBOS, quien los aceptan para sí, en el precio $7.492.500 cantidad que el cesionario paga en este acto en dinero efectivo al cedente, declarando éste recibirlos a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago En consecuencia, quedan como únicos socios de la sociedad "CARNES SAN VICENTE LIMITADA” y cuyo nombre de fantasía es “SAN VICENTE LTDA.” doña FABIANA ANDREA ALZAMORA GUALA, con un cincuenta coma cero cinco por ciento del haber social y don YERKO NICOLAS GARCIA LOBOS, con un cuarenta y nueve coma noventa y cinco por ciento del haber social, respectivamente.- Doña FABIANA ANDREA ALZAMORA GUALA y don YERKO NICOLAS GARCIA LOBOS como únicos y actuales socios de la sociedad materia de este instrumento, vienen en modificar la cláusula NOVENA del pacto social, solo en cuanto a que la administración, representación, uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderá a doña FABIANA ANDREA ALZAMORA GUALA, con las mismas facultades y atribuciones que se otorgan en la citada clausula NOVENA y DECIMA de los estatutos. En todo lo no modificado en el presente instrumento continuaran vigentes e inalterables las restantes disposiciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO 26 de MAYO 2025.-