MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CARNES SAN VICENTE LIMITADA

RUT 76012265-3 CVE 2658201
Fecha instrumento
30 de noviembre de 2007
Notaría
Ñuñoa

Instrumento

Fecha
30 de noviembre de 2007
Notario
otorgada ante don Rubén Galecio Gómez
Oficio
1ra Notaria Santiago
Comuna
Ñuñoa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO ESTEBAN ROCO CAMPOS, Abogado Notario Público Titular 1ra Notaria de Ñuñoa, oficio Av. Irarrázaval 1745 – B, Ñuñoa Santiago, CERTIFICO: Que, por escritura pública de hoy ante mí, AURELIO HERNAN DIEZ BARDELLI, calle Quince Norte Nº 2011 Comuna de Macul, Región Metropolitana, por si y también en representación de don ESTEBAN RODRIGO DIEZ TORRES, domiciliado Avenida Las Parcelas Nº 2425 Comuna de Algarrobo, Región de Valparaíso; don YERKO NICOLAS GARCIA LOBOS, calle Glinca Nº01741 Comuna Puente Alto, y doña FABIANA ANDREA ALZAMORA GUALA, calle Los Vidrieros Nº 1561 Comuna Ñuñoa, vienen en modificar la sociedad "CARNES SAN VICENTE LIMITADA”, nombre de fantasía es “SAN VICENTE LTDA.” Rut: 76.012.265-3, constituida escritura pública fecha 30/11/2007 otorgada ante don Rubén Galecio Gómez, Notario Público Titular 1ra Notaria Santiago, y posterior rectificación de fecha 04/02/2008, otorgada ante doña Laura Andrea Galecio Pesse, Suplente del Titular misma Notaria aludida precedentemente. Extracto constitución se inscribió a fojas 55.721 Nº 39.433 del Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Santiago año 2007, se publicó Diario Oficial de fecha 24/01/2008, en tanto extracto de escritura rectificatoria de esta sociedad se inscribió a fojas 9.484 Nº 6.341 en Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año 2008 se publicó Diario Oficial fecha 04/03/2008. La sociedad fue modificada por escritura fecha 15/03/2018, otorgada ante el Notario de Santiago don Juan Eugenio Del Real Armas, en el sentido del retiro de la socia CARMEN RAQUEL DIEZ BARDELLI y cesión de todos sus derechos sociales a los actuales y únicos socios AURELIO HERNAN DIEZ BARDELLI y ESTEBAN RODRIGO DIEZ TORRES. Extracto de la modificación se inscribió a fojas 25.044 Nº 13.296 en Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Santiago año 2018, y se publicó Diario Oficial fecha 07/04/2018. El socio don AURELIO HERNAN DIEZ BARDELLI, tiene un 50,05% del haber social y el socio don ESTEBAN RODRIGO DIEZ TORRES tiene un 49,95 % del haber social. RETIRO Y CESION DE DERECHOS. Se retira de la sociedad don AURELIO HERNAN DIEZ BARDELLI, quien cede y transfiere todos sus derechos sociales, a la socia que ingresa doña FABIANA ANDREA ALZAMORA GUALA, quien los aceptan para sí, en el precio de $7.507.500, cantidad que la cesionaria paga en este acto en dinero efectivo al cedente, declarando éste recibirlos a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. Así también, por este mismo acto e instrumento, se retira de la sociedad don ESTEBAN RODRIGO DIEZ TORRES, quien debidamente representado por don AURELIO HERNAN DIEZ BARDELLI, cede y transfiere todos sus derechos sociales, al socio que ingresa don YERKO NICOLAS GARCIA LOBOS, quien los aceptan para sí, en el precio $7.492.500 cantidad que el cesionario paga en este acto en dinero efectivo al cedente, declarando éste recibirlos a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago En consecuencia, quedan como únicos socios de la sociedad "CARNES SAN VICENTE LIMITADA” y cuyo nombre de fantasía es “SAN VICENTE LTDA.” doña FABIANA ANDREA ALZAMORA GUALA, con un cincuenta coma cero cinco por ciento del haber social y don YERKO NICOLAS GARCIA LOBOS, con un cuarenta y nueve coma noventa y cinco por ciento del haber social, respectivamente.- Doña FABIANA ANDREA ALZAMORA GUALA y don YERKO NICOLAS GARCIA LOBOS como únicos y actuales socios de la sociedad materia de este instrumento, vienen en modificar la cláusula NOVENA del pacto social, solo en cuanto a que la administración, representación, uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderá a doña FABIANA ANDREA ALZAMORA GUALA, con las mismas facultades y atribuciones que se otorgan en la citada clausula NOVENA y DECIMA de los estatutos. En todo lo no modificado en el presente instrumento continuaran vigentes e inalterables las restantes disposiciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO 26 de MAYO 2025.-