MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PROCESOS Y SERVICIOS INTEGRALES SpA

RUT 76943332-5 CVE 2657818
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura pública suscrita con fecha 02 de Junio del 2025, ante mí, don Víctor Andrés Sandoval Leiva, chileno, casado, ingeniero comercial, de actuales 63 años de edad, cédula de identidad Nro. 8.864.727-0, domiciliado en avenida Monte Aconcagua Nro. 4230, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, Región Metropolitana de Santiago de Chile, en su calidad de único accionista, según consta en el libro de registro de accionista tenido a la vista por el notario que autoriza, modificó el estatuto social de la sociedad por acciones “PROCESOS Y SERVICIOS INTEGRALES SpA”, Rut Nro. 76.943.332-5, constituida por escritura pública de 18/03/2019 y Repertorio Nro. 10.340-2019, ante el Abogado y Notario Público don Juan Ricardo San Martín Urrejola, quien es el Titular de la 43ª Notaría de Santiago, siendo su extracto inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 23.384 Nro. 11.832 del año 2019 y publicado en el Diario Oficial 22/03/2019, en la edición Nro. 42.311.- Así: Modificación pactada según artículo 427 del Código de Comercio, el accionista modifica: 1. Se aumentó el capital social a la suma de $2.000.000.- de pesos, mediante aporte de $1.000.000.- de pesos al capital social que realizó doña Valeria Elizabeth Sandoval Retamales, por lo que se modificó el artículo quinto del estatuto social, denominado “capital y acciones”, por el siguiente tenor: “El capital de la sociedad es de $2.000.000.- de pesos, dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio del estatuto social.-”; y 2. Se modificó la primera parte del artículo décimo tercero, del título tercero, denominado “de la administración de la sociedad”, de la siguiente forma: “La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida indistintamente por doña Valeria Elizabeth Sandoval Retamales y don Víctor Andrés Sandoval Leiva, ya individualizados, quienes quedarán investido con todas y cada una de las facultades de administración y representación contempladas en el estatuto social, con la facultad de actuar en forma individual, y deberá anteponer la razón social de la Sociedad a su firma en todos los actos y contratos en que intervenga en su calidad de representante legal de la Sociedad.”. A considerar que todo lo que no se modificó por dicho acto seguirá vigente.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 04 de Junio de 2025.