CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

BLÜ FRUITS SpA

RUT 16221122-6 CVE 2657782
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de mayo de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de mayo de 2025
Repertorio
28503-2025
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
Oficio
49ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP
Domicilio
Lampa, Región Metropolitana
Duración
Plazo 5 años renovable

Objeto social

La compra, venta y comercialización de productos agrícolas, tales como frutas y verduras, en todas sus formas, así como también de toda clase de alimentos frescos, enlatados, congelados o deshidratados, y en general abarrotes, rotisería y toda clase de bienes muebles, y cualquier otro negocio que acordaren los

Administración

Corresponderá a SEBASTIAN ALEJANDRO PALMA ULLOA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Notario Público Titular de la 49ª Notaría de Santiago, Amunátegui N° 73, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 02 de Mayo de 2025, Repertorio N° 28.503-2025, ante mí Suplente don Álvaro Germán Orellana Jara; SEBASTIAN ALEJANDRO PALMA ULLOA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, comerciante, domicilio para estos efectos en La Montaña Nº 3036, Lampa, de paso en esta, C.I. N° 16.221.122-6, constituyó Sociedad por Acciones denominada “BLÜ FRUITS SpA”, nombre de fantasía “BLÜ SpA”. DOMICILIO: Lampa, Región Metropolitana. DURACIÓN: Plazo 5 años renovable. OBJETO: La compra, venta y comercialización de productos agrícolas, tales como frutas y verduras, en todas sus formas, así como también de toda clase de alimentos frescos, enlatados, congelados o deshidratados, y en general abarrotes, rotisería y toda clase de bienes muebles, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá a SEBASTIAN ALEJANDRO PALMA ULLOA. CAPITAL: $15.000.000.- dividido en 1.000 acciones sin valor nominal, que don SEBASTIAN ALEJANDRO PALMA ULLOA suscribe en acto de constitución, que serán pagadas y enteradas en el plazo de 2 años de acuerdo a las necesidades de la empresa. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de Mayo de 2025.