INMOBILIARIA ANDINA WORKS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de mayo de 2025
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Administración
La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá única y exclusivamente a doña Gloria Ibett Saravia Santos, quien tendrá todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula octava del estatuto social, sin limitación alguna, las que se dan por íntegramente reproducidas. Modificándose en tal sentido la cláusula octava del estatuto social. En todo lo no modificado por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintidós de Mayo de dos mil veinticinco, ante mí, don GUILLERMO OTILIO BOUDON LUIS, chileno, comerciante, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número cinco millones setecientos sesenta y nueve mil doscientos ochenta y uno guion dos, domiciliado en Caupolicán número doscientos cuarenta y ocho de la Comuna de Pucón, de paso en ésta, quien comparece por sí, y en nombre y representación de la sociedad COMERCIAL RENTAREK LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número rol único tributario número setenta y seis millones sesenta y ocho mil novecientos quince guion siete, mismo domicilio; y doña GLORIA IBETT SARAVIA SANTOS, chilena, casada y separada de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad número seis millones novecientos sesenta y un mil ciento cincuenta y cinco guion nueve, con domicilio en calle Caupolicán número doscientos cuarenta y ocho, de la Comuna de Pucón, de paso en ésta, quien comparece por sí, y en nombre y representación de INVERSIONES GOVA SpA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y ocho millones ciento doce mil novecientos treinta y tres guion k, mismo domicilio, expusieron: don GUILLERMO OTILIO BOUDON LUIS, la sociedad COMERCIAL RENTAREK LIMITADA, y doña GLORIA IBETT SARAVIA SANTOS, constituyeron una Sociedad comercial de Responsabilidad limitada, conforme a la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, teniendo presente además las disposiciones del Código Civil y de Comercio que versan sobre la materia, denominada: “INMOBILIARIA ANDINA WORKS LIMITADA”, mediante escritura pública otorgada ante el notario suplente de Pucón don Edmundo Figueroa Müller, con fecha diecinueve de febrero del año dos mil catorce, y anotada en el repertorio con el número cuatrocientos sesenta y cuatro, cuyo extracto fue publicado en la edición número cuarenta mil setecientos noventa y tres el día veintiséis de febrero del año dos mil catorce e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt a fojas trescientos ocho número doscientos once del año dos mil catorce. El Rol único tributario de la sociedad es el número setenta y seis millones trescientos setenta y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro, guion tres. PRESENTE CESIÓN DE DERECHOS: Mediante el presente instrumento el socio GUILLERMO OTILIO BOUDON LUIS vienen en vender, ceder y transferir el cien por ciento de sus respectivas acciones y derechos en la sociedad a INVERSIONES GOVA SpA, sociedad que a través de su representante manifiesta y acepta adquirirlos para su representada en la suma de ocho millones de pesos, los que paga en este acto al contado y en dinero efectivo; dicha cesión es aceptada sin reparo alguno por demás socios. Atendida la cesión celebrada precedentemente GUILLERMO OTILIO BOUDON LUIS se retira de la sociedad; ingresa como nuevo socio, INVERSIONES GOVA SpA, ya individualizada. Conforme a la cesión antes señalada la sociedad queda conformada por los únicos y actuales socios COMERCIAL RENTAREK LIMITADA, GLORIA IBETT SARAVIA SANTOS e INVERSIONES GOVA SpA. PRESENTE MODIFICACION ESTATUTO SOCIAL. Los actuales socios acuerdan practicar la siguiente modificación al estatuto social: a) Utilidades y perdidas: Las utilidades y eventuales perdidas se distribuirán de la siguiente manera: Gloria Ibett Saravia Santos, tendrá un diez por ciento; Comercial Rentarek limitada tendrá un ochenta por ciento; Inversiones Gova SpA tendrá diez por ciento de ellas. Modificándose en tal sentido la cláusula Sexta del estatuto social. b) Administración y uso de la razón social: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá única y exclusivamente a doña Gloria Ibett Saravia Santos, quien tendrá todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula octava del estatuto social, sin limitación alguna, las que se dan por íntegramente reproducidas. Modificándose en tal sentido la cláusula octava del estatuto social. En todo lo no modificado por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 30 de Mayo de 2025.-