SOCIEDAD INMOBILIARIA GUERRA & ROJAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2025
- Notario
- MARIANO TORREALBA ZILIANI
- Domicilio
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- La Serena
- Duración
- 5 años, a contar hoy automática y sucesivamente renovada períodos iguales y continuos igual periodo. Responsabilidad socios, limitada monto
Objeto social
Uno) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y, en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes raíces, el corretaje, intermediación, administración y cualquier otra forma de explotación de aquellos, sean urbanos o rurales, amoblados o no, sea por cuenta propia o ajena; el loteo, la subdivisión, construcción y urbanización de toda clase de bienes raíces, así como cualquier otra actividad relacionada con el rubro inmobiliario; Dos) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas y opciones de acciones, bonos, debentures, derivados, contratos de canje, cuotas de fondos mutuos, fondos de inversión, fondos de cobertura, planes de ahorro, arbitrajes, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Tres) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, transformarlas, fusionar, adquirir y asumir la representación de estas mismas. Cuatro) Desarrollar, operar, comercializar y explotar proyectos inmobiliarios de cualquier tipo y especie; efectuar inversiones y negocios inmobiliarios, efectuar, directamente o por medio de terceros, loteos, urbanizaciones, construcciones de locales, edificios de oficinas o de departamentos, acogidos o no a beneficios tributarios; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar y adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos; participar en licitaciones o concursos públicos de adjudicaciones; Cinco) Cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo, esté o no dentro del giro ordinario y que no sean contrarias a la legislación vigente, y los demás negocios relacionados con los objetos indicados. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros y en general todo cuanto diga relación con el rubro o actividades anexas que los socios decidan emprender para cumplir con el giro social. Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIANO TORREALBA ZILIANI, notario público titular La Serena, oficio Avenida Juan Cisternas 2283, local 3, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 29.05.2025, ante mí, JUAN FERNANDO GUERRA LOBOS, Coquimbo, calle Doctor Ariel Díaz Rojas 1.444 y BEATRIZ DEL CARMEN ROJAS PERALTA, La Serena, Condominio Fundo Altovalsol, constituyeron sociedad responsabilidad limitada: SOCIEDAD INMOBILIARIA GUERRA & ROJAS LIMITADA, nombre de fantasía INMOBILIARIA GUERRA & ROJAS LTDA. Domicilio: La Serena. Objeto: Uno) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y, en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes raíces, el corretaje, intermediación, administración y cualquier otra forma de explotación de aquellos, sean urbanos o rurales, amoblados o no, sea por cuenta propia o ajena; el loteo, la subdivisión, construcción y urbanización de toda clase de bienes raíces, así como cualquier otra actividad relacionada con el rubro inmobiliario; Dos) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas y opciones de acciones, bonos, debentures, derivados, contratos de canje, cuotas de fondos mutuos, fondos de inversión, fondos de cobertura, planes de ahorro, arbitrajes, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Tres) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, transformarlas, fusionar, adquirir y asumir la representación de estas mismas. Cuatro) Desarrollar, operar, comercializar y explotar proyectos inmobiliarios de cualquier tipo y especie; efectuar inversiones y negocios inmobiliarios, efectuar, directamente o por medio de terceros, loteos, urbanizaciones, construcciones de locales, edificios de oficinas o de departamentos, acogidos o no a beneficios tributarios; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar y adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos; participar en licitaciones o concursos públicos de adjudicaciones; Cinco) Cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo, esté o no dentro del giro ordinario y que no sean contrarias a la legislación vigente, y los demás negocios relacionados con los objetos indicados. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros y en general todo cuanto diga relación con el rubro o actividades anexas que los socios decidan emprender para cumplir con el giro social. Administración y uso razón social: ambos socios en forma conjunta, con facultades escritura extractada. Capital: $10.000.000 que socios aportan y enteran: socio Juan Fernando Guerra Lobos, $8.000.000 mediante aporte dominio pleno inmueble Lote AL GUION CERO ONCE, resultante subdivisión parcela 49, proyecto de parcelación Altovalsol de La Serena, inscrito fojas 4.601 número 2.795 Registro de Propiedad La Serena, año 2025, avaluado en dicha cantidad, por ambos socios de común acuerdo; socia Beatriz del Carmen Rojas Peralta, $2.000.000 dinero efectivo, ingresado caja social. Utilidades y pérdidas: proporción aportes: Derechos: Juan Fernando Guerra Lobos, 80%, Beatriz del Carmen Rojas Peralta, 20%. Duración: 5 años, a contar hoy automática y sucesivamente renovada períodos iguales y continuos igual periodo. Responsabilidad socios, limitada monto aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena, 04 de junio de 2025.