SERVICIOS PROFESIONALES DOCTOR M LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2025
- Repertorio
- 883-2025
- Comuna
- Pública Titular de Temuco
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la comuna de Padre las Casas, Las Peñas mil ciento sesenta, departamento ciento dos
Administración
La representación, administración y uso de la razón social corresponderá a la socia NINOSKA PAULETTE GODOY GUTIÉRREZ, debiendo actuar en esta forma por la sociedad y anteponiendo a su firma el nombre o razón social, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de contrato…”; y C) Se remplaza íntegramente la cláusula sexta por la siguiente: “SEXTO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULA NICOLE FALCÓN CARTES: Notaria Pública Titular de Temuco, con oficio en Avenida Alemania N°0320, certifica: Por escritura pública, otorgada ante mí de fecha 28 de Mayo del año 2025, Repertorio N°883-2025, Doña NINOSKA PAULETTE GODOY GUTIÉRREZ, C.I.: 20.367.251-9, domiciliada en Las Peñas 1160 departamento 102, comuna de Padre las Casas; Doña DANIELA VALENTINA GODOY GUTIÉRREZ, C.I: 19.076.135-5, domiciliada en Las Peñas 1160 departamento 102, comuna de Padre las Casas; Don JUAN PABLO MORAGA ESPINOZA, C.I.: 9.746.970-9, domiciliado en Botrolhue número 1404, Casa 20, de la comuna de Temuco; y Doña GUILLERMINA ELIZABETH ESPINOZA HIDALGO, C.I.: 6.815.964- 4, casada en régimen de sociedad conyugal y actuando dentro de su patrimonio reservado según lo dispuesto en el artículo 150 del Código Civil, domiciliada en Andrés Bello 538, edificio don Pedro VI departamento 705, de la comuna de Temuco, modificaron la sociedad SERVICIOS PROFESIONALES DOCTOR M LIMITADA, inscrita a fojas 259 número 207, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, del año 2013, rol único tributario número 76.263.925-4. MODIFICACIÓN: I. Don JUAN PABLO MORAGA ESPINOZA, titular del 50% del total de los derechos de la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos a doña NINOSKA PAULETTE GODOY GUTIÉRREZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por la suma de $5.000.000, que pagará al cedente en 10 cuotas de $500.000 a contar del 10 de septiembre de 2025 al 10 de junio de 2026. II. Doña GUILLERMINA ELIZABETH ESPINOZA HIDALGO, titular del 50% del total de los derechos de la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos a doña DANIELA VALENTINA GODOY GUTIÉRREZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por la suma de $5.000.000, que pagará al cedente en diez cuotas de $500.000, a contar del 10 de septiembre de 2025 al 10 de junio de 2026. Conforme a las cesiones de derechos señaladas, ingresan como socias a la sociedad SERVICIOS PROFESIONALES DOCTOR M LIMITADA, NINOSKA PAULETTE GODOY GUTIÉRREZ, con una participación del 50% de la sociedad y por DANIELA VALENTINA GODOY GUTIÉRREZ, con un 50% de la sociedad. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD: En consecuencia, a fin de reflejar en los estatutos de la Sociedad la nueva participación social en la compañía, las únicas, actuales y exclusivas socias de la compañía, acuerdan reemplazar los siguientes artículos de los estatutos de la sociedad por lo siguiente: A) Se remplaza íntegramente la cláusula cuarta por la siguiente: “CUARTO: Domicilio. La sociedad tendrá como domicilio la comuna de Padre las Casas, Las Peñas mil ciento sesenta, departamento ciento dos, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o del extranjero.”; B) Se reemplaza íntegramente la cláusula quinta por la siguiente: “QUINTO: Representación, administración y uso de la razón social. La representación, administración y uso de la razón social corresponderá a la socia NINOSKA PAULETTE GODOY GUTIÉRREZ, debiendo actuar en esta forma por la sociedad y anteponiendo a su firma el nombre o razón social, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de contrato…”; y C) Se remplaza íntegramente la cláusula sexta por la siguiente: “SEXTO: CAPITAL. El capital social será la suma de $200.000.-, que los socios comparecientes aportan y enteran en la siguiente forma: Uno. La socia NINOSKA PAULETTE GODOY GUTIÉRREZ aportó a la sociedad, en dinero en efectivo, la suma única y total de $100.000. El aporte de este socio equivale al 50% del capital social total, el cual ya fue enterado y se encuentra íntegramente pagado e ingresado a las arcas sociales. Dos. La socia DANIELA VALENTINA GODOY GUTIÉRREZ aportó a la sociedad, en dinero en efectivo, la suma única y total de $100.000. El aporte de este socio equivale al 50% del capital social total, el cual ya fue enterado y se encuentra íntegramente pagado e ingresado a las arcas sociales”. En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. TEMUCO, 5 de junio de 2025.