SERVICIOS JURÍDICOS BOSSANS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2025
- Repertorio
- 15810
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $90.000 CLP
- Domicilio
- Santiago. 3)
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. 5)
Objeto social
a) La prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios de carácter profesional y)o técnico, dentro o fuera del país, principalmente en materias legales, tributarias, comerciales, civiles, contables, financieras, laborales y previsionales; b) Actividades, asesorías y servicios en materias de capacitación e instrucción técnica y profesional; y c) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social. 4)
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Jaime Alfonso Dibarrart Letelier quien, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 2 de junio de 2025, otorgada ante mí, Repertorio Nº15.810, ante mí, don Nicholas Jesús Bossans Argandoña y don Jaime Alfonso Dibarrart Letelier, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Las Condes 10.645, oficina 813, comuna de Las Condes; Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: 1) Razón Social: SERVICIOS JURÍDICOS BOSSANS Y COMPAÑÍA LIMITADA, pudiendo usar para todos los fines, incluso bancarios y de publicidad el nombre de fantasía “BOSSANS ABOGADOS LTDA.”. 2) Domicilio: Santiago. 3) Objeto: a) La prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios de carácter profesional y/o técnico, dentro o fuera del país, principalmente en materias legales, tributarias, comerciales, civiles, contables, financieras, laborales y previsionales; b) Actividades, asesorías y servicios en materias de capacitación e instrucción técnica y profesional; y c) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social. 4) Duración: La sociedad tendrá una duración de de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. 5) Capital: $100.000 que los socios aportan y enteran en el acto, de la siguiente forma: a) don Jaime Alfonso Dibarrart Letelier aporta el 90% del capital social, esto es, la suma de $90.000, que entera y paga en el acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en arcas sociales; y b) don Nicholas Jesús Bossans Argandoña aporta el 10% del capital social, esto es, la suma de $10.000, que entera y paga en el acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en arcas sociales. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente pagado y enterado. 6) Administración y Uso de la Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Jaime Alfonso Dibarrart Letelier quien, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en la escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Se facultó al portador de copia autorizada para legalización.- Santiago, 05 de junio de 2025.-