Instrumento
- Fecha
- 28 de abril de 2025
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES
- Oficio
- 7ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana, Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La distribución y venta al por mayor y por menor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas; b) La distribución y venta al por mayor y por menor de tabaco, productos de tabaco y cigarrillos; c) Desarrollar la explotación de cafeterías, bares, restaurantes, pubs y locales multiocio; d) El comercio al por mayor y por menor de productos de alimentación en general, utensilios del hogar y objetos para el uso personal, y todas las actividades propias del negocio de supermercado, minimarket o almacén; e) La comercialización de Bienes y Servicios relacionadas con el giro y con cualquier otro que los accionistas acuerden, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones. Para lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, como los demás que se acordare en el futuro. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan, directa o indirectamente, a la consecución de los fines y objetos de la sociedad y toda otra actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la anterior y todas las actividades conexas, análogas y)o complementarias de las anteriores e inversión de todo tipo de negocios. La duración de la sociedad será indefinida
Administración
La administración y representación de la sociedad le corresponderá, a doña FABIOLA CAROLINA JOSE DOS SANTOS BLANCO, a doña MARÍA JOSÉ DÍAZ ESTUPIÑAN y a don RODRIGO LEONARDO ESPINOZA FREDES, quienes deberán actuar siempre de manera conjunta, quienes anteponiendo a su firma la razón social podrán representarla y obligarla en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado, Notario Publico Interino de 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, Entrepiso, certifica:- Por escritura de fecha 28 de Abril de 2025, ante Mí, comparecieron:- doña FABIOLA CAROLINA JOSE DOS SANTOS BLANCO, venezolana, soltera, ingeniero industrial, domiciliada en calle Zañartu N° 1.111, departamento 116, Comuna de Ñuñoa, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña MARÍA JOSÉ DÍAZ ESTUPIÑAN, venezolana, soltera, ingeniero eléctrico, domiciliada en calle San Eugenio N° 1.551, departamento 1.506, Comuna de Ñuñoa, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y don RODRIGO LEONARDO ESPINOZA FREDES, chileno, divorciado, ingeniero en telecomunicaciones, domiciliado en calle Casara Real N° 4.560, Comuna de Puente Alto, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, de paso por ésta, constituyeron Sociedad por Acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: "MESA 33 SpA, que usará inclusive en bancos el nombre de fantasía MESA 33”. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Chile, sin perjuicio de poder establecer agencias, sucursales, representaciones o delegaciones que pudieren ser establecidas tanto en Chile como en el extranjero. Objeto: a) La distribución y venta al por mayor y por menor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas; b) La distribución y venta al por mayor y por menor de tabaco, productos de tabaco y cigarrillos; c) Desarrollar la explotación de cafeterías, bares, restaurantes, pubs y locales multiocio; d) El comercio al por mayor y por menor de productos de alimentación en general, utensilios del hogar y objetos para el uso personal, y todas las actividades propias del negocio de supermercado, minimarket o almacén; e) La comercialización de Bienes y Servicios relacionadas con el giro y con cualquier otro que los accionistas acuerden, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones. Para lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, como los demás que se acordare en el futuro. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan, directa o indirectamente, a la consecución de los fines y objetos de la sociedad y toda otra actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la anterior y todas las actividades conexas, análogas y/o complementarias de las anteriores e inversión de todo tipo de negocios. La duración de la sociedad será indefinida.- DOMICILIO: El domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- CAPITAL: $6.000.000, dividido en 600 ACCIONES nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la manera siguiente: a) FABIOLA CAROLINA JOSE DOS SANTOS BLANCO, suscribe y paga en este acto al contado y en dinero efectivo la suma de $2.000.000, equivalentes a 200 acciones; b) MARÍA JOSÉ DÍAZ ESTUPIÑAN, suscribe y paga en este acto al contado y en dinero efectivo la suma de $2.000.000 equivalentes a 200 acciones; y c) RODRIGO LEONARDO ESPINOZA FREDES, suscribe y paga en este acto al contado y en dinero efectivo la suma de $2.000.000 equivalentes a 200 acciones, queda en consecuencia íntegramente pagado en este acto por los accionistas el capital social.- ADMINISTRACION: La administración y representación de la sociedad le corresponderá, a doña FABIOLA CAROLINA JOSE DOS SANTOS BLANCO, a doña MARÍA JOSÉ DÍAZ ESTUPIÑAN y a don RODRIGO LEONARDO ESPINOZA FREDES, quienes deberán actuar siempre de manera conjunta, quienes anteponiendo a su firma la razón social podrán representarla y obligarla en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades.- DURACION: Indefinida.- Demás estipulaciones escritura pública extractada.- Santiago, a 02 de Junio de 2025.