MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN GUIÑEZ Y ASOCIADOS LIMITADA

RUT 76235739-9 CVE 2657236
Fecha instrumento
3 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de junio de 2025
Notario
FRANCISCO VARAS FERNANDEZ
Oficio
Trigésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

“La compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de artículos comestibles y no comestibles, de higiene personal y de aseo, envasados, empaquetados, etiquetados y con envoltura; la compra, venta y comercialización de productos de panadería y pastelería, así mismo de compra venta y comercialización de embutidos, quesos y productos a fines al objeto social precedentemente descrito, la compra, venta y comercialización de productos alimenticios congelados y productos a fines; la compra y venta de aparatos eléctricos, textiles para el hogar y otros enseres domésticos; y en general ejecutar cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente con los objetos sociales ya señalados; y modifican la cláusula Décima del pacto social, correspondiente a la duración de la sociedad, señalando que, la duración de la sociedad será de diez años, renovable por periodos iguales y sucesivos, salvo los socios de común acuerdo decidan ponerle termino, para lo cual deberán ajustarse a lo indicado en la cláusula duodécima del pacto social.- Asimismo, ratifican la cláusula del pacto social, relativa a la administración, representación y uso de la razón social, la que seguirá correspondiéndole a PATRICIO YURI GUIÑEZ SALAS, con las mismas facultades señaladas en el pacto social, las que se dan por íntegramente reproducidas.- En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continua vigente en todo su contexto el primitivo pacto social y su modificaciones

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO VARAS FERNANDEZ, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Pasaje Phillips cuatrocientos sesenta y cinco, comuna de Santiago; certifico: Escritura pública suscrita ante mí, con fecha 3 junio 2025, doña PRISCILLA GRISELDIS CÓRDOVA REYES, chilena, casada en separación total de bienes, como se acreditará, asistente bilingüe, cédula de identidad número quince millones seiscientos dos mil cuatrocientos cincuenta y dos guión K; y don PATRICIO YURI GUIÑEZ SALAS, chileno, casado en separación total de bienes, según se acreditara, técnico en construcción, cédula nacional de identidad número diez millones cuatrocientos siete mil seiscientos diez guión seis, ambos con domicilio en calle Centaurea mil trescientos cincuenta y dos, comuna de La Florida; modifican sociedad “INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN GUIÑEZ Y ASOCIADOS LIMITADA”, Rol único tributario número setenta y seis millones doscientos treinta y cinco mil setecientos treinta y nueve guion nueve, constituida por escritura pública de fecha cuatro de enero del año dos mil trece, otorgada ante el Notario Público de Santiago doña María Gloria Acharan Toledo; Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas mil quinientos cuarenta y ocho número novecientos cincuenta y uno, en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil trece, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; publicada en el Diario Oficial con fecha nueve de marzo del año dos mil trece.- Modificaciones consisten: Modifican la cláusula tercera del pacto social constitutivo, relativa al objeto social, en el sentido de ampliar el objeto social, la que además tendrá por objeto: “La compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de artículos comestibles y no comestibles, de higiene personal y de aseo, envasados, empaquetados, etiquetados y con envoltura; la compra, venta y comercialización de productos de panadería y pastelería, así mismo de compra venta y comercialización de embutidos, quesos y productos a fines al objeto social precedentemente descrito, la compra, venta y comercialización de productos alimenticios congelados y productos a fines; la compra y venta de aparatos eléctricos, textiles para el hogar y otros enseres domésticos; y en general ejecutar cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente con los objetos sociales ya señalados; y modifican la cláusula Décima del pacto social, correspondiente a la duración de la sociedad, señalando que, la duración de la sociedad será de diez años, renovable por periodos iguales y sucesivos, salvo los socios de común acuerdo decidan ponerle termino, para lo cual deberán ajustarse a lo indicado en la cláusula duodécima del pacto social.- Asimismo, ratifican la cláusula del pacto social, relativa a la administración, representación y uso de la razón social, la que seguirá correspondiéndole a PATRICIO YURI GUIÑEZ SALAS, con las mismas facultades señaladas en el pacto social, las que se dan por íntegramente reproducidas.- En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continua vigente en todo su contexto el primitivo pacto social y su modificaciones.- Demas estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 03 DE JUNIO DEL 2025.