AGRICOLA EL MAITEN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de abril de 2025
- Repertorio
- 1649
- Notario
- JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
- Oficio
- Tercera Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $923.251.270 CLP
- Domicilio
- Chillán
- Duración
- 5 años, el que se renovará por períodos iguales en forma automática
Objeto social
- a) La adquisición, enajenación e inversión en toda clase de inmuebles, su explotación y administración directa o a través de terceros, en cualquier forma, y la percepción de sus frutos; b) La inversión en toda clase de bienes muebles incorporales tales como acciones, bonos, debentures y toda clase de títulos o valores mobiliarios y efectos públicos o privados; y c) Invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con ellas, ya sean comerciales o civiles; y todo otro negocio que los socios acuerden
Administración
Uno cualquiera de los socios, actuando individual e indistintamente, representarán con más amplias facultades; sin perjuicio de las condiciones y limitaciones, indicadas en escritura extractada. Administración Supletoria: Que, falleciendo ambos administradores y socios Carlos Julio González Mufdi y María Eugenia Lahsen Rabí, o bien queden interdictos o imposibilitados de actuar por enfermedad u otro hecho grave, la administración representación y uso de la razón social, será ejercida por tres cualquiera de los otros socios, quienes actuando conjuntamente tendrán todas y cada una de las facultades indicadas en los estatutos de la sociedad, sin limitaciones de ningún tipo. División “Agrícola El Maitén Limitada” se acordó la división en DOS sociedades: A) La continuadora “Agrícola El Maitén Limitada”, que mantendrá su domicilio, razón social, objeto social y su administración como se ha modificado en escritura extractada, manteniendo su capital social, pero distribuyendo la cuenta patrimonial denominada Fondo De Reserva. B) Sociedad que nace:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Chillán, domiciliado en Calle Arauco 390, certifico: Por escritura de fecha 25 de abril del 2025, Repertorio 1649, ante mí, CARLOS JULIO GONZÁLEZ MUFDI, agricultor, C.I.: 8.804.758-3, MARÍA EUGENIA LAHSEN RABÍ, empresaria, C.I.: 9.086.538-2, CARLOS NICOLÁS GONZÁLEZ LAHSEN, ingeniero comercial, C.I.: 17.352.357-2, DIEGO ALBERTO GONZÁLEZ LAHSEN, abogado, C.I.: 18.154.775-8), CAROLINA EUGENIA GONZÁLEZ LAHSEN, fonoaudióloga, C.I.: 18.451.856- 2), y VALENTINA ISIDORA GONZÁLEZ LAHSEN, publicista, C.I.: 20.267.960- 9, todos domiciliados en KM 11 camino a Coihueco de Chillán, acordaron modificación y división de empresa “AGRICOLA EL MAITEN LIMITADA”, Rol único tributario 77.009.670-7, constituida por escritura de 10 de noviembre año 1999, ante Notario de Chillán don Manuel Bravo Bravo, e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Chillán, a fojas 284 N°300 del año 1999, y cuyo capital social es de $61.000.000, en el siguiente sentido: Modificación Agrícola El Maiten Limitada: Administración: Uno cualquiera de los socios, actuando individual e indistintamente, representarán con más amplias facultades; sin perjuicio de las condiciones y limitaciones, indicadas en escritura extractada. Administración Supletoria: Que, falleciendo ambos administradores y socios Carlos Julio González Mufdi y María Eugenia Lahsen Rabí, o bien queden interdictos o imposibilitados de actuar por enfermedad u otro hecho grave, la administración representación y uso de la razón social, será ejercida por tres cualquiera de los otros socios, quienes actuando conjuntamente tendrán todas y cada una de las facultades indicadas en los estatutos de la sociedad, sin limitaciones de ningún tipo. División “Agrícola El Maitén Limitada” se acordó la división en DOS sociedades: A) La continuadora “Agrícola El Maitén Limitada”, que mantendrá su domicilio, razón social, objeto social y su administración como se ha modificado en escritura extractada, manteniendo su capital social, pero distribuyendo la cuenta patrimonial denominada Fondo De Reserva. B) Sociedad que nace: RAZÓN SOCIAL: INMOBILIARIA BEIT JALA LIMITADA. DOMICILIO: Chillán. OBJETO.- a) La adquisición, enajenación e inversión en toda clase de inmuebles, su explotación y administración directa o a través de terceros, en cualquier forma, y la percepción de sus frutos; b) La inversión en toda clase de bienes muebles incorporales tales como acciones, bonos, debentures y toda clase de títulos o valores mobiliarios y efectos públicos o privados; y c) Invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con ellas, ya sean comerciales o civiles; y todo otro negocio que los socios acuerden. DURACIÓN: 5 años, el que se renovará por períodos iguales en forma automática. CAPITAL.- $923.251.270.-, correspondiente a la cuenta patrimonial del Fondo de Reserva que se le ha asignado de la sociedad que se divide, el que queda totalmente enterado, suscrito y pagado según la siguiente distribución: Uno) Carlos Julio González Mufdi, aporto $517.020.711.- Dos) María Eugenia Lahsen Rabí, aporto $36.930.051.- Tres) Carlos Nicolás González Lahsen, aporto $92.325.127.-, Cuatro) Diego Alberto González Lahsen, aporto $92.325.127.- Cinco) Carolina Eugenia González Lahsen, aporto $92.325.127.- Seis) Valentina Isidora González Lahsen, aporto $92.325.127.- Todos los aportes se realizaron en virtud a las correspondientes participaciones que cada socio tenía en la sociedad que se divide, debidamente pagados e ingresados al patrimonio social, con la cuenta patrimonial indicada, en dinero. ADMINISTRACIÓN: Uno cualquiera de los socios, quienes, actuando individual e indistintamente, y anteponiendo su firma a la razón social, la representará, sin perjuicio de las condiciones, limitaciones, indicadas en escritura extractada. ADMINISTRACIÓN SUPLETORIA: Que, falleciendo ambos administradores y socios don CARLOS JULIO GONZÁLEZ MUFDI y doña MARÍA EUGENIA LAHSEN RABÍ, o bien queden interdictos o imposibilitados de actuar por enfermedad u otro hecho grave, la administración representación y uso de la razón social, será ejercida por tres cualquiera de los otros socios, quienes actuando conjuntamente tendrán todas y cada una de las facultades indicadas en los estatutos de la sociedad, sin limitaciones de ningún. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Chillán, 25 de Abril de 2025.