PIZARRO UGARTE Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2025
- Repertorio
- 4195-2025
- Notario
- María Patricia Donoso Gomien
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- 20 años desde la fecha del acto de constitución prorrogables en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, lo que se expresará por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: Uno) La prestación de los servicios profesionales propios de la abogacía, por medio de sus socios y demás abogados, en los términos que establezca la legislación aplicable. Dos) El desarrollo de actividades de investigación científica y académica en el ámbito del Derecho, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de la abogacía. Tres) La asesoría a terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el fin indicado, al desarrollo de su negocio
Administración
Corresponde al socio Guillermo Andrés Pizarro Ugarte, individualmente, con las facultades del artículo sexto de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 15 de mayo de 2025 bajo repertorio Nº 4.195-2025, ante mí, don Guillermo Andrés Pizarro Ugarte y doña Pamela Ivonne Morales Herrera, ambos domiciliados en La Serena 750, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “PIZARRO UGARTE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “Pizarro Ugarte Ltda.” Objeto: El objeto de la Sociedad será: Uno) La prestación de los servicios profesionales propios de la abogacía, por medio de sus socios y demás abogados, en los términos que establezca la legislación aplicable. Dos) El desarrollo de actividades de investigación científica y académica en el ámbito del Derecho, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de la abogacía. Tres) La asesoría a terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el fin indicado, al desarrollo de su negocio. Capital: $1.000.000, aportados por los socios en la siguiente proporción: don Guillermo Andrés Pizarro Ugarte aportará la suma de $990.000, correspondiente al 99% del total de los derechos sociales, y doña Pamela Ivonne Morales Herrera, aportará la suma de $10.000, correspondiente al 1% del total de los derechos sociales. El capital se pagará en 3 años contados desde la fecha del acto de constitución. Limitación de Responsabilidad: Los socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración: Corresponde al socio Guillermo Andrés Pizarro Ugarte, individualmente, con las facultades del artículo sexto de los estatutos. Duración: 20 años desde la fecha del acto de constitución prorrogables en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, lo que se expresará por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 20 de mayo de 2025.