Instrumento
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Sociedad
- N. fantasía
- Mama Knows Best Ltda
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Calera de Tango, Región Metropolitana de Santiago
- Duración
- La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 5 años, y no termina con la muerte de algún
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
La sociedad estará dedicada al diseño, confección y venta de artículos de joyería
Administración
VALENTINA ISIDORA CONTRERAS HUERTA, como un solo
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Valentina Isidora Contreras Huerta | socio | 19244271-0 | — | — | CALERA DE TANGO, METROPOLITANA DE SANTIAGO |
| Juan Francisco Troncoso Zúñiga | socio | 19045292-1 | — | — | TALCA, MAULE |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEl Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica que, según consta en el Estatuto Actualizado, Valentina Isidora Contreras Huerta, RUN: 19.244.271-0, con domicilio en: El Trébol, parcela 13. N° SN, CALERA DE TANGO, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Juan Francisco Troncoso Zúñiga, RUN: 19.045.292-1, con domicilio en: Dos Norte N° 3578, TALCA, región del MAULE, son los únicos socios de una sociedad de responsabilidad limitada, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 23 de mayo del 2021, regida por la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes pertinentes, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: MKB Joyería Limitada. NOMBRE DE FANTASÍA: Mama Knows Best Ltda. OBJETO: La sociedad estará dedicada al diseño, confección y venta de artículos de joyería. DOMICILIO: Comuna de Calera de Tango, Región Metropolitana de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 5 años, y no termina con la muerte de algún socio. No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los actuales o futuros socios. En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará entre los otros socios y los herederos de aquél, quienes deberán hacerse representar ante la sociedad por un mandatario común y único, que además deberá ser persona natural. En caso de fallecer o quedar incapacitado cualquiera de los socios administradores, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a los otros socios administradores, en caso de haberlos. En caso de no existir otros socios con facultades administradoras, la administración pasará a todos los socios actuando conjuntamente. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública Anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $500.000 pesos, que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A) VALENTINA ISIDORA CONTRERAS HUERTA se obliga a enterar el equivalente al 80 por ciento del capital social, mediante el aporte de $400.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; B) JUAN FRANCISCO TRONCOSO ZÚÑIGA se obliga a enterar el equivalente al 20 por ciento del capital social, mediante el aporte de $100.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: VALENTINA ISIDORA CONTRERAS HUERTA, como un solo socio. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado.