INVERSIONES Y COMERCIALIZADORA BOYEN SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de febrero de 2025
- Repertorio
- 2116
- Notario
- JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
- Oficio
- Tercera Notaria de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $226.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| BOYEN SpA | socio | 78056194-7 | — | — | Chillán |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Chillán, con oficio en calle Arauco Nº 390, CERTIFICO: Que, por escritura pública de fecha 30-05- 2025, bajo repertorio N°2116, ante mí: YERKO DANIEL BELMAR ARZOLA, abogado, soltero, cédula de identidad número 19.946.613-5, con domicilio para estos efectos en Alcántara 970, comuna Las Condes, Región Metropolitana, de paso en esta, quien debidamente facultado comparece en nombre y representación de FELIPE ANDREE PIEDRA ETCHEBERRY, Ingeniero Civil mecánico, C.I. N°16.217.332-4, domicilio Camino a Boyen N° 841, comuna Chillán, de SOCIEDAD INDUSTRIAL COMERCIAL, Y AGRÍCOLA PIEDRA LIMITADA, RUT. 76.338.678-3, domicilio Camino a Boyen N° 841, comuna Chillán; y de COMERCIAL PIEDRA SpA, RUT. 77.677.121-K, domicilio Camino a Boyen N° 841, comuna Chillán; expuso: PRIMERO: Uno) Que por escritura pública de fecha 14-02-2025, otorgada en la Notaria Pública de Chillán de don Juan Armando Bustos Bonniard, Repertorio 815, la sociedad SOCIEDAD INDUSTRIAL COMERCIAL, Y AGRÍCOLA PIEDRA LIMITADA, debidamente representada como se acreditó, COMERCIAL PIEDRA SpA, debidamente representada como se acreditó, y don FELIPE ANDREE PIEDRA ETCHEBERRY, constituyeron INVERSIONES Y COMERCIALIZADORA BOYEN SpA” o BOYEN SpA, RUT 78.056.194-7, con domicilio en Camino a Boyen Null, comuna Chillán, celebraron la constitución de sociedad mencionada en los términos allí descritos.- La sociedad se encuentra inscrita a fojas 63 vta. número 54 Registro Comercio C.B.R. Chillán año 2025, publicada D.O. 21-02-2025, Edición 44.081.- Mediante escritura extractada y por el presente instrumento don YERKO DANIEL BELMAR ARZOLA, debidamente facultado en representación de los socios constituyentes de INVERSIONES Y COMERCIALIZADORA BOYEN SpA” O BOYEN SpA, con el objeto de subsanar el error mencionado en el TITULO DÉCIMO SEGUNDO.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS.- Artículo Primero Transitorio.- El capital social, ascendente a la suma DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES DE PESOS ($226.000.000.-), moneda nacional y dividido en mil acciones, todas nominativas, de una misma serie e igual valor y sin valor nominal, la que se suscriben y pagan de la siguiente manera: donde dice …. DOS.- La SOCIEDAD COMERCIAL PIEDRA LIMITADA, debidamente representada, como se ha señalado en la comparecencia de este contrato social, suscribe y paga cuarenta y cuatro coma ochenta y cinco (44,85) acciones, por una valor total de diez millones ciento treinta y cinco mil novecientos quince pesos ($10.135.915.-), los que se enteran en la caja social, por medio del siguiente aporte en dominio a la sociedad: Uno.- Todos los derechos que le corresponden en un retazo de terreno de doce cuadras de extensión, más o menos. Ubicado en el título Paso del Soldado, Subdelegación Boyén, de la comuna de Pinto, de este Departamento, de que son dueñas en común las dos señoras Arias Riquelme con don Rodolfo Palma Rubio, por terceras partes, y que limita: NORTE, con predio de don Juan Pablo Arias estero Boyen por medio; ORIENTE, con Fanor Aedo; SUR, con José del Carmen Becerra y otros; y PONIENTE, con Pedro Mardonez.- Rol de avalúo número cuatrocientos sesenta guion nueve (460-9) de la comuna de Pinto.- Comercial Piedra SpA. declara a través de su representante que adquirió dichos derechos, mediante escritura pública suscrita ante Notario de Chillan, don Juan Armando Bustos Bonniard, de fecha veintiocho de Noviembre del año dos mil veinticuatro, repertorio número tres mil setecientos ochenta y tres. Derechos que se encuentran inscritos a nombre de la sociedad COMERCIAL PIEDRA SpA, a fojas seiscientos cuarenta y seis (646), número quinientos sesenta y cuatro (564) del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pinto, correspondiente al año dos mil veinticinco (2025). Los derechos del inmueble ya individualizados se valoriza, para los efectos del presente acto, en la suma de diez millones ciento treinta y cinco mil novecientos quince pesos ($10.135.915.-). debe decir … DOS.- La SOCIEDAD COMERCIAL PIEDRA SpA, debidamente representada, como se ha señalado en la comparecencia de este contrato social, suscribe y paga cuarenta y cuatro coma ochenta y cinco (44,85) acciones, por una valor total de diez millones ciento treinta y cinco mil novecientos quince pesos ($10.135.915.-), los que se enteran en la caja social, por medio del siguiente aporte en dominio a la sociedad: Uno.- Todos los derechos que le corresponden en un retazo de terreno de doce cuadras de extensión, más o menos. Ubicado en el título Paso del Soldado, Subdelegación Boyén, de la comuna de Pinto, de este Departamento, de que son dueñas en común las dos señoras Arias Riquelme con don Rodolfo Palma Rubio, por terceras partes, y que limita: NORTE, con predio de don Juan Pablo Arias estero Boyen por medio; ORIENTE, con Fanor Aedo; SUR, con José del Carmen Becerra y otros; y PONIENTE, con Pedro Mardonez.- Rol de avalúo número cuatrocientos sesenta guion nueve (460-9) de la comuna de Pinto.- Comercial Piedra SpA. declara a través de su representante que adquirió dichos derechos, mediante escritura pública suscrita ante Notario de Chillan, don Juan Armando Bustos Bonniard, de fecha veintiocho de Noviembre del año dos mil veinticuatro, repertorio número tres mil setecientos ochenta y tres. Derechos que se encuentran inscritos a nombre de la sociedad COMERCIAL PIEDRA SpA, a fojas seiscientos cuarenta y seis (646), número quinientos sesenta y cuatro (564) del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pinto, correspondiente al año dos mil veinticinco (2025). Los derechos del inmueble ya individualizado se valoriza, para los efectos del presente acto, en la suma de diez millones ciento treinta y cinco mil novecientos quince pesos ($10.135.915.-) y no como se citó erróneamente. Asimismo se rectifica donde dice …. TITULO DÉCIMO SEGUNDO.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS.- Artículo Primero Transitorio.- El capital social, ascendente a la suma DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES DE PESOS ($226.000.000.-), moneda nacional y dividido en mil acciones acciones, todas nominativas, de una misma serie e igual valor y sin valor nominal, la que se suscriben y pagan de la siguiente manera: UNO.- La SOCIEDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL, Y AGRÍCOLA PIEDRA LIMITADA, debe decir: …. TITULO DÉCIMO SEGUNDO.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS.- Artículo Primero Transitorio.- El capital social, ascendente a la suma DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES DE PESOS ($226.000.000.-), moneda nacional y dividido en mil acciones acciones, todas nominativas, de una misma serie e igual valor y sin valor nominal, la que se suscriben y pagan de la siguiente manera: UNO.- La SOCIEDAD INDUSTRIAL, COMERCIAL, Y AGRÍCOLA PIEDRA LIMITADA, y no como se citó erróneamente.- En todo lo demás y no modificado expresamente por este instrumento, rige y se mantienen las estipulaciones de la escritura pública que por este acto se rectifica. Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 30 de Mayo 2025.