Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2025
- Notario
- MAGDALENA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) Actividades de apoyo a la agricultura; B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; C) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y en general, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro; D) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas.; E) formar parte en otras sociedades, constituirlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; F) otras actividades de venta al por menor en comercios no especializados; G) otras actividades de venta por menor no realizadas en comercios, puestos de ventas o mercados; H) Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata; I) Cualquier otro negocio que los accionistas acuerden en Junta Extraordinaria celebrada al efecto; y J) El giro podrá desarrollarse tanto en Chile como el extranjero, por sí o a través de terceros
Administración
Corresponderá a don SERGIO ANTONIO TOLEDO VIVAS y doña PAMELA IRENE RIQUELME EYZAGUIRRE, quienes representarán a la sociedad actuando individual y)o conjuntamente, con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en El Golf 99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha veintiocho de mayo de 2025, ante mí, doña SERGIO ANTONIO TOLEDO VIVAS, chileno, casado, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número 10.500.188-6, y doña PAMELA IRENE RIQUELME EYZAGUIRRE, chilena, casada y separada de bienes, diseñadora, cédula de identidad número 12.265.171-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Málaga 115, oficina 502, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyen Sociedad Por Acciones. Nombre: “INVERSIONES ECOPLANT SpA”. Administración: Corresponderá a don SERGIO ANTONIO TOLEDO VIVAS y doña PAMELA IRENE RIQUELME EYZAGUIRRE, quienes representarán a la sociedad actuando individual y/o conjuntamente, con las más amplias facultades. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que instale en otros puntos del país o del extranjero. Duración: indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: A) Actividades de apoyo a la agricultura; B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; C) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y en general, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro; D) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas.; E) formar parte en otras sociedades, constituirlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; F) otras actividades de venta al por menor en comercios no especializados; G) otras actividades de venta por menor no realizadas en comercios, puestos de ventas o mercados; H) Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata; I) Cualquier otro negocio que los accionistas acuerden en Junta Extraordinaria celebrada al efecto; y J) El giro podrá desarrollarse tanto en Chile como el extranjero, por sí o a través de terceros.- Capital: doscientos mil pesos dividido en doscientas acciones nominativas, ordinarias, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, totalmente suscrito por los socios constituyentes, cada uno con la cantidad de cien mil pesos, pagado en el acto de constitución de contado y en dinero en efectivo. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 29 de mayo de 2025.- Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino.