Inmobiliaria e Inversiones RS SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2025
- Repertorio
- 2160
- Notario
- MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio será la ciudad de Concón
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad es directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a) la adquisición, explotación, inversión, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y enajenación de toda clase de bienes raíces, por cuenta propia o por terceros; /b) la prestación de servicios de corretaje; c) la inversión en todo tipo de bienes inmuebles; d) en general, la realización de todo tipo de actividades inmobiliarias que los accionistas acuerden; /e) efectuar toda clase de inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles y, en general, participar en sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, chilenas o extranjeras, en comunidades, asociaciones y fondos de inversión; /f) invertir en toda clase de activos financieros, incluyendo acciones, bonos y debentures, efectos de comercio y, en general, toda clase de títulos o valores mobiliarios y aportes a sociedades, sea directamente o a través de sociedades filiales o coligadas; y /g) realizar todos los actos o contratos que sean necesarios o conducentes para el cumplimiento de este objeto;
Administración
La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a un Administrador. El Administrador está investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley de Sociedades Anónimas, el Reglamento o los Estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. Lo anterior no obsta a la representación que compete al Gerente General conforme a la Ley de Sociedades Anónimas. El Administrador podrá delegar parte de sus facultades en los gerentes, subgerentes, o abogados de la Sociedad, y para objetos especialmente determinados, en otras personas. La elección del Administrador será efectuada exclusivamente por los accionistas titulares de acciones con derecho a voto. Se deberá tomar nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio, del nombre del Administrador designado por los accionistas en los artículos transitorios de estos Estatutos y de toda modificación que se haga al Administrador de la Sociedad. Se deja constancia que doña Victoria María Salazar Oliva, cédula nacional de identidad 15.138.414-5, fue designada como Administradora en el artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales; RESPONSABILIDAD: Limitada al monto del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN, Notario Público de Viña del Mar, con oficio Avenida Borgoño Nº 14.439, local 105, Reñaca, Viña del Mar, certifica: Que por escritura pública de fecha 29 de mayo de 2025, repertorio N°2160, ante mí, VICTORIA MARÍA SALAZAR OLIVA, cédula de identidad 15.138.414-5 y LUIS FELIPE TEODORO ALFONSO RUIZ MALETTE, cédula de identidad 15.319.819-5, constituyen sociedad por acciones: NOMBRE: El nombre de la sociedad será “INMOBILIARIA E INVERSIONES RS SpA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “RS SpA”; DOMICILIO: El domicilio será la ciudad de Concón, sin perjuicio que pueda constituir agencias, oficinas y sucursales en otros lugares del país o del extranjero; DURACIÓN: Indefinida; OBJETO: El objeto de la Sociedad es directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a/ la adquisición, explotación, inversión, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y enajenación de toda clase de bienes raíces, por cuenta propia o por terceros; /b/ la prestación de servicios de corretaje; c) la inversión en todo tipo de bienes inmuebles; d) en general, la realización de todo tipo de actividades inmobiliarias que los accionistas acuerden; /e/ efectuar toda clase de inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles y, en general, participar en sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, chilenas o extranjeras, en comunidades, asociaciones y fondos de inversión; /f/ invertir en toda clase de activos financieros, incluyendo acciones, bonos y debentures, efectos de comercio y, en general, toda clase de títulos o valores mobiliarios y aportes a sociedades, sea directamente o a través de sociedades filiales o coligadas; y /g/ realizar todos los actos o contratos que sean necesarios o conducentes para el cumplimiento de este objeto; CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $12.000.000, dividido en 120 acciones, todas ordinarias, nominativas y sin valor nominal, el que ha sido suscrito y pagado de la siguiente manera: a) Victoria María Salazar Oliva suscribe y paga 80 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, por la suma de $8.000.000, en dinero efectivo y al contado, el que ingresó en caja social al tiempo de constitución de la Sociedad; y, b) Luis Felipe Teodoro Alfonso Ruiz Malette suscribe y paga 40 acciones todas ordinarias, nominativas y sin valor nominal, por la suma de $4.000.000, en dinero efectivo y al contado, el que ingresó en caja social al tiempo de constitución de la Sociedad, de forma tal que el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado a esta fecha; ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a un Administrador. El Administrador está investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley de Sociedades Anónimas, el Reglamento o los Estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. Lo anterior no obsta a la representación que compete al Gerente General conforme a la Ley de Sociedades Anónimas. El Administrador podrá delegar parte de sus facultades en los gerentes, subgerentes, o abogados de la Sociedad, y para objetos especialmente determinados, en otras personas. La elección del Administrador será efectuada exclusivamente por los accionistas titulares de acciones con derecho a voto. Se deberá tomar nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio, del nombre del Administrador designado por los accionistas en los artículos transitorios de estos Estatutos y de toda modificación que se haga al Administrador de la Sociedad. Se deja constancia que doña Victoria María Salazar Oliva, cédula nacional de identidad 15.138.414-5, fue designada como Administradora en el artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales; RESPONSABILIDAD: Limitada al monto del aporte. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Viña del Mar, a 29 de mayo de 2025.