MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES Y SERVICIOS RINCO LIMITADA

RUT 76122046-2 CVE 2654973
Fecha instrumento
29 de mayo de 2025

Instrumento

Fecha
29 de mayo de 2025
Repertorio
832-2025
Notario
GABRIEL ALFONSO FERRAND MIRANDA
Domicilio
Pitrufquén

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GABRIEL ALFONSO FERRAND MIRANDA, Abogado, Notario Público Titular de Pitrufquén, con Oficio en esta ciudad, calle Francisco Bilbao número cuatrocientos setenta y tres, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 29 mayo 2025 repertorio N°832-2025, ante mí, comparece doña DIGNA SAEZ CUEVAS, cédula nacional de identidad número cinco millones trecientos cuarenta mil doscientos noventa y nueve guion dos, chilena empresaria, viuda; don PEDRO ABEL MARTINEZ SAEZ, cédula de identidad número doce millones quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y siete guion nueve, chileno, casado, factor de comercio, y don DANIEL ALFREDO MARTINEZ SAEZ, cédula de identidad número doce millones novecientos ochenta y nueve mil setecientos treinta y nueve guion dos, chileno, factor de comercio, casado, todos domiciliados en la Comuna de Gorbea, Sexta Faja, kilometro nueve y de paso por esta, quienes acreditan sus identidades con las cédulas antes anotadas y exponen: PRIMERO: Que por escritura pública de fecha veintinueve de septiembre del año dos mil diez, otorgada ante el notario público de Temuco don JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, abogado notario público de la agrupación de comunas de Temuco, Melipeuco, Vilcun, Cunco, Freire y Padre Las Casas, con domicilio en calle Arturo Prat número seiscientos setenta, los comparecientes doña DIGNA SAEZ CUEVAS, don PEDRO ABEL MARTINEZ SAEZ y don DANIEL ALFREDO MARTINEZ SAEZ celebraron un contrato de constitución de sociedad de responsabilidad limitada, bajo el nombre o razón social de "TRANSPORTES Y SERVICIOS RINCO LIMITADA ", nombre de fantasía “ TRANSPORTES RINCO LTDA”, inscrita a fojas treinta y seis , número treinta y cinco del Registro de Comercio del año dos mil diez, del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Pitrufquen. El extracto se publicó en el Diario Oficial, en la edición Número treinta y nueve mil setecientos noventa y siete, de fecha veintinueve de octubre del dos mil diez. SEGUNDO: Declara doña DIGNA SAEZ CUEVAS, que es dueña del treinta y cuatro por ciento de las acciones o del capital social, de la referida empresa. TERCERO: Por el presente instrumento doña DIGNA SAEZ CUEVAS, vende, cede y transfiere la mitad de sus acciones, es decir, el cincuenta por ciento de sus derechos, intereses, facultades, obligaciones y deberes que le corresponden en la sociedad referida en la cláusula precedente, a don PEDRO ABEL MARTINEZ SAEZ antes individualizados, quien declara que la acepta y adquiere para sí; y de la misma forma, vende, cede y transfiere la mitad de sus acciones, es decir, el cincuenta por ciento de sus derechos, intereses, facultades, obligaciones y deberes que le corresponden en la sociedad referida en la cláusula precedente, a don DANIEL ALFREDO MARTINEZ SAEZ, antes individualizado, el otro cincuenta por ciento de las derechos, intereses y facultades y deberes que corresponden en la sociedad referida en la clausula precedente quien declara que la acepta y adquiere para sí.- CUARTO: El precio total de esta cesión es la suma de veintidos millones cuatrocientos cuarenta mil pesos, distribuida de la siguiente forma: don PEDRO ABEL MARTINEZ SAEZ paga la suma de once millones doscientos veinte mil pesos a doña DIGNA SAEZ CUEVAS, y don DANIEL ALFREDO MARTINEZ SAEZ, paga la suma de once millones doscientos veinte mil pesos a doña DIGNA SAEZ CUEVAS, quienes han pagado con anterioridad a este acto, de contado y en dinero efectivo. En consecuencia la cedente declara que el precio cobrado a ambos cesionarios queda pagado en su totalidad y a su entera satisfaccion; QUINTO: Por este instrumento, los referidos socios vienen en realizar las siguientes modificaciones: a) Socios y Renuncia voluntaria: Como consecuencia de la venta que realizo doña DIGNA SAEZ CUEVAS, de la totalidad de sus derechos, intereses y facultades y deberes, que corresponden en la sociedad ya referida se hace efectiva y se acepta por los demás socios la Renuncia voluntaria de la socia doña DIGNA SAEZ CUEVAS, quedando la sociedad “ TRANSPORTE Y SERVICIOS RINCO LIMITADA” con los socios don PEDRO ABEL MARTINEZ SAEZ, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales y don DANIEL ALFREDO MARTINEZ SAEZ, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales.- SEXTO: en la clausula Sexta, de la escritura de constitución de la Sociedad, se modifica como sigue: Las utilidades y perdidas se repartirán entre los socios de la siguiente forma: a) para don PEDRO ABEL MARTINEZ SAEZ, el cincuenta por ciento; b) para don DANIEL ALFREDO MARTINEZ SAEZ, el cincuenta por ciento. SEPTIMO: En todo lo que no se modifica en el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demas estipulaciones en la escritura extractada. Pitrufquen, 29 mayo 2025.