SOCIEDAD DE PROFESIONALES INGENIERÍA FORESTAL RAMÍREZ Y DIAZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de mayo de 2025
- Repertorio
- 6107/2025
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de SANTIAGO, pudiendo abrir sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la escritura y se renovará por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que, con 6 meses de anticipación, a lo menos, a la fecha de la expiración inicial o de cualquiera de sus prorrogas, alguno de los socios manifestare a la otra sus decisión de poner término a la Sociedad mediante declaración formulada por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio
Objeto social
La prestación de servicios de profesionales en ingeniería forestal en sus más amplias especialidades, incluyendo servicios de asesorías periódicas o eventuales, en manejo forestal, agrícola, administración y comercialización, a empresas y entidades forestales, agrícolas, comercializadoras, de inversión, u otro giro, sean estas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras
Administración
La administración y representación de la sociedad corresponderá a FELIPE IGNACIO DÍAZ VERDUGO, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 26 de Mayo de 2025, Repertorio N°6.107/2025, ante mí, RICARDO ANDRÉS RAMÍREZ CARRASCO, chileno, ingeniero forestal, casado bajo el régimen de separación total de bienes, cédula de identidad número 12.430.494-6, domiciliado para estos efectos en Seis y Medio Poniente A número 180, comuna de Talca, Región del Maule y FELIPE IGNACIO DÍAZ VERDUGO, chileno, ingeniero forestal, casado bajo el régimen de separación total de bienes, cédula de identidad número 8.865.876-0, domiciliado para estos efectos en Avenida Cristóbal Colón número 406, departamento 406, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada de Profesionales denominada “SOCIEDAD DE PROFESIONALES INGENIERÍA FORESTAL RAMÍREZ Y DIAZ LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “SRD LTDA.”. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de SANTIAGO, pudiendo abrir sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero. OBJETO: La prestación de servicios de profesionales en ingeniería forestal en sus más amplias especialidades, incluyendo servicios de asesorías periódicas o eventuales, en manejo forestal, agrícola, administración y comercialización, a empresas y entidades forestales, agrícolas, comercializadoras, de inversión, u otro giro, sean estas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de quinientos mil pesos, el que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A) RICARDO ANDRÉS RAMÍREZ CARRASCO, se obliga a enterar el equivalente a un 60 por ciento del capital social, mediante el aporte trescientos mil pesos, que enterará y pagará a la caja social en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de 36 meses contados desde la fecha de esta escritura en la medida que lo requerían las necesidades sociales. B) FELIPE IGNACIO DÍAZ VERDUGO, se obliga a enterar el equivalente a un 40 por ciento del capital social, mediante el aporte doscientos mil pesos, que enterará y pagará a la caja social en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de 36 meses contados desde la fecha de esta escritura en la medida que lo requerían las necesidades sociales. ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad corresponderá a FELIPE IGNACIO DÍAZ VERDUGO, amplias facultades. DURACIÓN: 5 años contados desde la fecha de la escritura y se renovará por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que, con 6 meses de anticipación, a lo menos, a la fecha de la expiración inicial o de cualquiera de sus prorrogas, alguno de los socios manifestare a la otra sus decisión de poner término a la Sociedad mediante declaración formulada por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Santiago, 29 de Mayo de 2025.- COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Titular.- SLN.