CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

PEDRO HERIBERTO MATÍAS HIDALGO INVERSIONES INMOBILIARIAS E.I.R.L.

RUT 15122483-0 CVE 2655069
Capital
$33.000 CLP
Fecha instrumento
15 de mayo de 2025
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de mayo de 2025
Repertorio
1422-2025
Notario
GERARDO CARVALLO CASTILLO
Oficio
Primera Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

N. fantasía
“PEDRO HERIBERTO MATÍAS HIDALGO INVERSIONES E.I.R.L."
Capital
$33.000 CLP
Domicilio
Será: Rancagua
Duración
Cinco años renovables, plazo renovable tácitamente por períodos iguales
Ley aplicable
Ley 19.857.

Objeto social

Será: La de inversión inmobiliaria, y en general cualquier otro relacionado con el objeto y que el titular estime conveniente

Administración

La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don PEDRO HERIBERTO MATÍAS HIDALGO, con facultades consignadas en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GERARDO CARVALLO CASTILLO, Notario Público, Titular Primera Notaría de Rancagua, con domicilio en Campos N° 466, CERTIFICA: Por escritura pública ante mí, de fecha 15 de mayo de 2025, Repertorio Nº 1.422-2025, don PEDRO HERIBERTO MATÍAS HIDALGO, cédula nacional de identidad 15.122.483-0, chileno, casado, 42 años de edad, trabajador, domiciliado calle Teniente Merino 1024, Conjunto Habitacional Los Cipreses, Rancagua, constituye Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, conforme a Ley 19.857. RAZON EMPRESARIAL: Será "PEDRO HERIBERTO MATÍAS HIDALGO INVERSIONES INMOBILIARIAS E.I.R.L.”, NOMBRE DE FANTASIA: “PEDRO HERIBERTO MATÍAS HIDALGO INVERSIONES E.I.R.L.". OBJETO: Será: La de inversión inmobiliaria, y en general cualquier otro relacionado con el objeto y que el titular estime conveniente. ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don PEDRO HERIBERTO MATÍAS HIDALGO, con facultades consignadas en escritura. CAPITAL: El capital social es la suma de $33.000.000 (treinta y tres millones de pesos), cantidad que aporta el compareciente a la caja social, mediante el aporte al capital social del siguiente bien inmueble: a ) Inmueble ubicado en calle Teniente Merino número mil veinticuatro, que corresponde al Sitio Dos de la Manzana A Cinco, del conjunto habitacional denominado Barrio Los Cipreses, de la comuna de Rancagua. Lo anterior, consta en compraventa que hizo Conavicoop, representada por Mauricio de la Barra Parada, chileno, ingeniero civil y por Cristián Luis Sainte-Marie Tisne, chileno, abogado, todos con domicilio en Santiago, en el precio de 1.200 UF, según contrato privado protocolizado de fecha seis de enero del año dos mil quince, en la Notaría de Santiago de Patricio Zaldívar Mackenna. La inscripción del título rola a fojas mil trescientos sesenta y cuatro vuelta número dos mil quinientos dieciocho del Registro de Propiedad del año dos mil quince del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. El rol de avalúo de la propiedad es número mil cuatrocientos veinticinco guion treinta y uno. Se avalúa este aporte en la suma de veintitrés millones de pesos. ($23.000.000). b) Mediante el aporte del vehículo Station Wagon año dos mil doce, marca Ford, modelo Explorer LTD 4x4 3.5, número de motor DGA51938, número de chasis 1FM5K8F80DGA51938, color blanco metal, placa patente FBWD 14-1. Para los efectos del aporte, éste se avalúa en la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000). c) Mediante el aporte del vehículo Station Wagon año dos mil catorce, marca Chevrolet, modelo Captiva IV LS 2.2, número de motor Z22D1290243K, número de chasis KL1FC1D66DB087006, color negro, placa patente FZZG 11-2. Para los efectos del aporte, éste se avalúa en la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000). El aporte de los vehículos se realizará dentro del plazo de 60 días. Se entiende pagado y enterado el capital. Constituyente limita responsabilidad hasta monto de su aporte. DOMICILIO: Será: Rancagua, sin perjuicio de poder establecer agencias, representaciones o sucursales en cualquier otra ciudad del país o del extranjero. DURACION: Cinco años renovables, plazo renovable tácitamente por períodos iguales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Rancagua, 30 de mayo de 2025.