INVERSIONES MIRARI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de mayo de 2025
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $9.366.900 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago
- Duración
- La Sociedad regirá hasta el día 31 de diciembre de cada año, vale decir, su duración mínima será hasta el 31 de diciembre de año 2025 y se renovará automáticamente por un plazo de 1 año, salvo que con una anticipación no inferior a 30 días los socios acuerden ponerle término al cierre del año respectivo
Objeto social
El objeto de la sociedad será la inversión en instrumentos financieros, productos bancarios y)o del mercado de capitales, todos en el extranjero o nacionales expresados en moneda extranjera, inversiones en bienes incorporales, tales como, valores mobiliarios, acciones, cuotas, créditos, bonos debentures, depósitos a plazos, fondo de inversión, títulos de créditos de cualquier naturaleza, de deuda y)o equity, y cualquier otro instrumento de inversión. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualesquiera otras actividades lícitas que los socios acuerden
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá a don PABLO JAIME FERNANDO ASIAIN ROJAS y a doña Anita Virginia Quiroga Araya, quienes, actuando individual y separadamente, y anteponiendo a su firma la razón social, representará a la compañía con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluyendo la de autocontratar. En caso de ausencia, incapacidad o fallecimiento tanto de don PABLO JAIME FERNANDO ASIAIN ROJAS como de doña ANITA VIRGINIA QUIROGA ARAYA, circunstancias que no será necesario acreditar ante terceros, la representación, administración y uso de la razón social corresponderá de forma conjunta a don FELIPE ALBERTO ASIAIN QUIROGA, don PABLO IÑAKI ASIAIN QUIROGA, y doña MAITE JAVIERA ASIAIN QUIROGA, quienes representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades precedentemente indicadas, que se tienen aquí por expresamente reproducidas para todo efecto legal
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público Interino de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2025, ante mí, comparecen: don PABLO JAIME FERNANDO ASIAIN ROJAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil en minas, cédula de identidad N° 8.840.885-3, domiciliado en calle Vicente Huidobro 236, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; doña ANITA VIRGINIA QUIROGA ARAYA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, odontóloga, cédula de identidad N° 9.132.249-8, domiciliada en calle Vicente Huidobro 236, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; don FELIPE ALBERTO ASIAIN QUIROGA, chileno, ingeniero civil, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad N° 18.403.479-4, domiciliado en Avenida Los Militares 4.915, departamento 103, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; don PABLO IÑAKI ASIAIN QUIROGA, chileno, ingeniero comercial, soltero, cédula de identidad N° 18.845.232-9, domiciliado en Calle Antonio Varas 2.200, departamento 1.507, comuna de Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana; y doña MAITE JAVIERA ASIAIN QUIROGA, chilena, ingeniera civil, soltera, cédula de identidad N° 19.452.239-8, domiciliado en calle Vicente Huidobro número 236, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana. Los comparecientes por el presente instrumento vienen en constituir sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: La razón social de la sociedad será “INVERSIONES MIRARI LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, el nombre de fantasía “Mirari Ltda.”. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión en instrumentos financieros, productos bancarios y/o del mercado de capitales, todos en el extranjero o nacionales expresados en moneda extranjera, inversiones en bienes incorporales, tales como, valores mobiliarios, acciones, cuotas, créditos, bonos debentures, depósitos a plazos, fondo de inversión, títulos de créditos de cualquier naturaleza, de deuda y/o equity, y cualquier otro instrumento de inversión. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualesquiera otras actividades lícitas que los socios acuerden. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don PABLO JAIME FERNANDO ASIAIN ROJAS y a doña Anita Virginia Quiroga Araya, quienes, actuando individual y separadamente, y anteponiendo a su firma la razón social, representará a la compañía con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluyendo la de autocontratar. En caso de ausencia, incapacidad o fallecimiento tanto de don PABLO JAIME FERNANDO ASIAIN ROJAS como de doña ANITA VIRGINIA QUIROGA ARAYA, circunstancias que no será necesario acreditar ante terceros, la representación, administración y uso de la razón social corresponderá de forma conjunta a don FELIPE ALBERTO ASIAIN QUIROGA, don PABLO IÑAKI ASIAIN QUIROGA, y doña MAITE JAVIERA ASIAIN QUIROGA, quienes representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades precedentemente indicadas, que se tienen aquí por expresamente reproducidas para todo efecto legal. Capital: El capital social es la suma de $9.366.900, (equivalente a diez mil dólares de los Estados Unidos de Norte América) el que es aportado por los socios de la siguiente forma: a) don PABLO JAIME FERNANDO ASIAIN ROJAS, aporta la suma de $468.345 (equivalente a quinientos dólares de los Estados Unidos de Norte América), que representan el 5% de los derechos sociales; b) doña ANITA VIRGINIA QUIROGA ARAYA, aporta la suma de $468.345 (equivalente a quinientos dólares de los Estados Unidos de América), que representan el 5% de los derechos sociales; c) don FELIPE ALBERTO ASIAIN QUIROGA, aporta la suma de dos $2.810.070 (equivalente a tres mil dólares de los Estados Unidos de América), que representan el 30% de los derechos sociales; d) don PABLO IÑAKI ASIAIN QUIROGA, aporta la suma de $2.810.070 (equivalente a tres mil dólares de los Estados Unidos de América), que representan el 30% de los derechos sociales; y e) doña MAITE JAVIERA ASIAIN QUIROGA, aporta la suma de $2.810.070 (equivalente a tres mil dólares de los Estados Unidos de América), que representan el 30% de los derechos sociales, donde el capital se encuentra totalmente enterado y pagado. Se hace presente que esta cláusula de capital debe interpretarse en conjunto con la cláusula octava de la presente escritura. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Plazo: La Sociedad regirá hasta el día 31 de diciembre de cada año, vale decir, su duración mínima será hasta el 31 de diciembre de año 2025 y se renovará automáticamente por un plazo de 1 año, salvo que con una anticipación no inferior a 30 días los socios acuerden ponerle término al cierre del año respectivo. Santiago, 27 de mayo de 2025.