INVERSIONES EL ARRAYÁN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de mayo de 2025
- Repertorio
- 2644-2025
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Objeto social
CLÁUSULA PRIMERA: CUARTO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 27 de mayo de 2025, repertorio Nº2644-2025, FERNANDO IGNACIO TORO BENAVIDES por sí y en representación de MARIA FERNANDA MARGARITA TORO CANO, ambos Candelaria Goyenechea 3868, oficina 22, Vitacura, Región Metropolitana, modificaron INVERSIONES EL ARRAYÁN LIMITADA, Rut 76.053.854-K, inscrita a fs. 14.274 N°9.387 Registro Comercio Santiago año 2009, modificaron cláusula primera cuarta, siguiente sentido: CUARTO: OBJETO: CLÁUSULA PRIMERA: CUARTO: OBJETO: La sociedad tendrá como objeto: /a/ La inversión dentro del país o en el extranjero en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, así como en valores, acciones, bonos, contratos de derivados, fondos de inversión, efectos de comercio, fibras, futuros, cuotas en fondos mutuos, derechos sociales, cualquier otro instrumento financiero del mercado de capitales, participar como socio en otras empresas, administrar y percibir los rendimientos de las inversiones y realizar cualquier otra actividad relacionada con la gestión de inversiones y en particular, su participación como accionista en sociedades anónimas, o como socia en sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza; /b/ La inversión dentro del país o en el extranjero en bienes inmuebles, su administración y explotación y desarrollo de proyectos inmobiliarios, la adquisición de terrenos, su subdivisión, loteo y urbanización; la construcción de viviendas sociales, por cuenta propia o ajena y la enajenación de las mismas; c) La asesoría e intermediación financiera como comisionista, la intermediación en la realización de negocios como mandatario mercantil, el procesamiento automático de datos; d) Asesoría en negocios y actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y o disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlos y/o explotarlos por cuenta propia o ajena, compra, venta y alquiler y/o arrendamiento de inmuebles; alquiler y/o arrendamiento de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinaria, dar y recibir en comodato, leasing, subarrendar inmuebles amoblados y dar y ceder a terceros, a cualquier título el uso y goce de los bienes muebles e inmuebles; /e/ Prestación de todo tipo de servicios ya sean administrativos, comerciales, financieros, servicios de personal, recursos humanos o servicios transitorios, etc, por cuenta propia o a través de terceros; servicios de asesoramiento y representación jurídica, actividades de consultoría de gestión, otras actividades de dotación de recursos humanos, otras actividades de servicios personales n.c.p., otras actividades de servicios de apoyo a las empresas n.c.p.. /f/ Consultoría, capacitación. /g/ en general cualquier otra actividad lucrativa relacionada directas o indirectamente con las anteriores que los socios determinen de común acuerdo. Los servicios antes señalados podrán ser realizados y/o prestados tanto a terceros como a personas relacionadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Vitacura, 28 de mayo de 2025.