MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inkia Chile SpA

RUT 76178659-8 CVE 2655084
Capital
$20.244.393.595 CLP
Fecha instrumento
13 de mayo de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de mayo de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.244.393.595 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Islas Bermudas accionista 59173710-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

BENJAMÍN CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 13 de mayo de 2025, otorgada ante el Notario Titular de esta Notaría, don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, bajo el repertorio número 52.284-2025, compareció Inkia Holdings (Chile) Limited, una sociedad constituida y válidamente existente conforme a las leyes de Islas Bermudas, Rol Único Tributario N°59.173.710-4, en su calidad de único accionista de Inkia Chile SpA, una sociedad por acciones, Rol Único Tributario N°76.178.659-8 (la “Sociedad”), inscrita a fojas 68.345, número 50.013 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2011, quien resolvió: i) disminuir el capital de la Sociedad, de la suma de $20.244.393.595, dividido en 63.998.123 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la cantidad de $4.714.593.595, dividido en 14.904.133 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal; y, en consecuencia ii/ reemplazar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de cuatro mil setecientos catorce millones quinientos noventa y tres mil quinientos noventa y cinco pesos, dividido en catorce millones novecientas cuatro mil ciento treinta y tres acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital social se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Los aumentos de capital deben quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de cinco años contados desde la fecha en que se acuerde el aumento. Si los posteriores aumentos de capital no se pagaren oportunamente al vencimiento de los respectivos plazos, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado tendrán sin perjuicio de ello todos los derechos que los Estatutos o la ley les asignen durante todo el tiempo que transcurra desde su emisión hasta el vencimiento del plazo establecido para su pago.”. “Artículo Primero Transitorio: Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de cuatro mil setecientos catorce millones quinientos noventa y tres mil quinientos noventa y cinco pesos, dividido en catorce millones novecientas cuatro mil ciento treinta y tres acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, y se encuentra totalmente suscrito y pagado por INKIA HOLDINGS (CHILE) LIMITED con anterioridad a esta fecha.”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. El Notario que autoriza el presente extracto certifica que INKIA HOLDINGS (CHILE) LIMITED es el único y exclusivo accionista de la Sociedad, según el Registro de Accionistas que ha tenido a la vista a la fecha de la escritura extractada. BENJAMÍN CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente de la Segunda Notaría de Santiago. Santiago, 30 de mayo de 2025.