MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Dreamline SpA

RUT 99599520-4 CVE 2655397
Capital
$117.720 CLP
Fecha instrumento
27 de mayo de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de mayo de 2025
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$117.720 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 27 de mayo de 2025, otorgada ante mí, bajo el Repertorio número 7.511-2025, Sistemas de Climatización Geotek S.A. (el “Accionista”), en su calidad de único accionista de Dreamline SpA, sociedad inscrita a fojas 20.646 número 14.996 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005 (la “Sociedad”), resolvió: /Uno/ Disminuir el capital de la Sociedad en la suma de $44.280.000, esto es, desde la actual suma de $162.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, a la nueva suma de $117.720.000, sin emitir nuevas acciones; y /Dos/ Como consecuencia de lo anterior, el Accionista resuelve reemplazar el artículo Quinto y el artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: “Artículo Quinto: Capital. El capital social asciende a la suma de $117.720.000 dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán pagarse en dinero en efectivo o en otros bienes.”, y “Artículo Primero Transitorio: Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $117.720.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por Sistemas de Climatización Geotek S.A. con anterioridad a esta fecha.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de mayo de 2025.