SOCIEDAD AGROPUNILLA CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de mayo de 2025
- Notario
- JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
- Oficio
- Tercera Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Chillán, domiciliado en Calle Arauco 390, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 23/05/2025, ante mí, don JUAN MANUEL VALENZUELA MANRÍQUEZ, Técnico Agrícola, cédula nacional de identidad número catorce millones veinticinco mil doscientos ochenta y ocho guion tres, soltero, domiciliado en Pasaje Tiuquilemu número tres mil seiscientos diecinueve, de la Villa Doña Rosa, de la comuna de Chillán y doña JUANA FLOR FAÚNDEZ NAVARRETE, Secretaria Administrativa, cédula nacional de identidad número quince millones quinientos quince mil cuatrocientos diecisiete guion nueve, soltera, domiciliada en el Sector de Virguín, de la comuna de Ñiquén, vienen en ACLARAR, RECTIFICAR Y COMPLEMENTAR, Escritura Pública de constitución de sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD AGROPUNILLA CONSULTORES LIMITADA O AGROPUNILLA LIMITADA, capital $5.000.000, inscrita a fojas 11 N° 11 del Registro de Comercio de San Carlos de 2025.- Se efectuó la siguiente ACLARACION, RECTIFICACION Y COMPLEMENTACION en la CLÁUSULA DECIMA, siendo la correcta la siguiente: CLÁUSULA DECIMA: los socios acuerdan que las utilidades y pérdidas se repartirán a prorrata de su partición en la Sociedad, esto es, un NOVENTA Y OCHO POR CIENTO para el socio don JUAN MANUEL VALENZUELA MANRIQUEZ y un DOS POR CIENTO para doña JUANA FLOR FAÚNDEZ NAVARRETE. En todo caso los socios podrán retirar a cuenta de las utilidades del ejercicio, las cantidades que determinen. Siendo esta información lo real y efectivamente correcto. En lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos vigentes.- Chillán, 23 de Mayo de 2025.