MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INTEGRADOS EN INFORMACIÓN GEOGRAFICA PLUS LIMITADA

RUT 96777670-K CVE 2654185
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
16 de abril de 2025
Notaría
Tercera Notaria de Santiago

Instrumento

Fecha
16 de abril de 2025
Repertorio
445-25
Comuna
Tercera Notaria de Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRA DEL CARMEN LOYOLA OJEDA, Notaria Tercera Notaria de Santiago, domicilio Avenida Tabalada N° 1469, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 16 de abril del año 2025, repertorio 445-25, ante mí: comparecen doña PAMELA MAHAN IRIS RIOS, chilena, empresaria, casada, cedula nacional de identidad 10.372.210-1, domiciliada en Eliodoro Yanes 2990, Providencia; VICTOR MAXIMILIANO TAPIA MAHAN, chileno, soltero, abogado, cedula nacional de identidad 17.754.667-4, domiciliado en Eliodoro Yanes 2990, Providencia; y FRANCA PAOLA PALAVICINO FERRADA, chilena, conviviente civil, diseñadora, cedula nacional de identidad numero 18.933.345-5, domiciliado en Eliodoro Yanes 2990, Providencia. FRANCA PAOLA PALAVICINO FERRADA vende, cede y transfiriera la totalidad de los derechos que posee en la sociedad "SERVICIOS INTEGRADOS EN INFORMACIÓN GEOGRAFICA PLUS LIMITADA" equivalentes a un 60 por ciento del interés social a doña PAMELA IRIS NAHAN RIOS, quien los compra, acepta y adquiere para sí, declarando haberlo recibido a su entera satisfacción. En virtud de lo anterior, se retira como socio doña FRANCA PAOLA PALAVICINO FERRADA. Se modificó la sociedad SERVICIOS INTEGRADOS EN INFORMACIÓN GEOGRAFICA PLUS LIMITADA, reemplazan el artículo quinto del pacto social, por el siguiente nuevo Artículo quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000 de pesos, que los socios aportaron de la siguiente forma: a) don VICTOR MAXIMILIANO TAPIA MAHAN aporta la cantidad de 400 mil pesos, pagado con anterioridad a este acto; y b) doña PAMELA IRIS MAHAN RIOS aporta la cantidad de 600 mil de pesos, pagando con anterioridad a este acto. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En providencia, 17 de abril de 2025.