CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FARO CONSULTING GROUP SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA

RUT 8351740-9 CVE 2654148
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
27 de mayo de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de mayo de 2025
Repertorio
24808-2025
Notario
Maria Soledad Lascar Merino
Oficio
38 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en las áreas complementarias de ingeniería. 3)

Administración

corresponderá al socio Federico Miguel Leighton Munizaga, quien anteponiendo a su firma la razón social de la Sociedad, tendrán las facultades indicadas en escritura extractada. La

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Maria Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38 Notaria de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Comuna de Las Condes, certifico: Por escritura de fecha 27 de mayo de 2025, repertorio N° 24808 - 2025, ante mí, don Federico Miguel Leighton Munizaga, cédula de identidad N° 8.351.740-9, don Mauro Giovanni Moretti de Moras cédula de identidad N° 6.576.211-0, don Felipe Rafael Commentz Silva cédula de identidad N° 11.633.033-4 y don Edgardo Marcelo Bunster Fiedler cédula de identidad N° 10.035.412-8, todos con domicilio para estos efectos en Augusto Leguía Norte cien, oficina novecientos cinco, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por normas y estatutos que se expresan en escritura extractada. 1) Nombre: "FARO CONSULTING GROUP SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA", pudiendo usar para fines comerciales, bancarios y tributarios, el nombre de fantasía “FAROCG Ltda.", en adelante denominada la "Sociedad". 2) Objeto: El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en las áreas complementarias de ingeniería. 3) Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en otras zonas de Chile o en el extranjero. 4) Duración: indefinida, a contar de la fecha de la presente escritura. 5) Capital: $1.000.000 que los socios aportan y pagan en las proporciones y de la forma siguiente: (i) don Federico Miguel Leighton Munizaga paga en este acto y en dinero en efectivo $312.500 pesos, equivalentes al 31,25% del capital social, (ii) don Mauro Giovanni Moretti de Moras paga en este acto y en dinero en efectivo $312.500 pesos, equivalentes al 31,25% del capital social, (iii) don Felipe Rafael Commentz Silva paga en este acto y en dinero en efectivo $250.000, equivalentes al 25% del capital social y (iv) don Edgardo Marcelo Bunster Fiedler paga en este acto y en dinero en efectivo $125.000, equivalentes 12,5% del capital social. 5) Administración y Uso de la Razón Social: corresponderá al socio Federico Miguel Leighton Munizaga, quien anteponiendo a su firma la razón social de la Sociedad, tendrán las facultades indicadas en escritura extractada. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de Mayo de 2025.