Instrumento
- Fecha
- 26 de mayo de 2025
- Notario
- GISSELLE CECILIA MARQUEZ LEON
- Oficio
- titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago don EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la atención médica ambulatoria de pacientes, particulares o en convenio con organismos privados, fiscales y)o semifiscales; b) la realización de toda clase de actividades de investigación o educativas relacionadas con la medicina y las ciencias. Además, la sociedad podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social, de manera directa o a través de terceros, ya sea por cuenta propia o de terceros
Administración
Corresponde a doña María Paz Rivas Pizarro y don Miguel Alejandro Hervé Claude, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGISSELLE CECILIA MARQUEZ LEON, abogada y Notario Público Suplente del titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago don EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, con oficio en Enrique Mac Iver 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 26 de Mayo de 2025 otorgada ante mí, doña María Paz Rivas Pizarro y don Miguel Alejandro Hervé Claude, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos extractados son: Nombre: Sociedad Médica Rivas y Hervé SpA; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la atención médica ambulatoria de pacientes, particulares o en convenio con organismos privados, fiscales y/o semifiscales; b) la realización de toda clase de actividades de investigación o educativas relacionadas con la medicina y las ciencias. Además, la sociedad podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social, de manera directa o a través de terceros, ya sea por cuenta propia o de terceros. Capital: $500.000.- dividido en 1.000.- acciones nominativas sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y pagado al momento de la constitución. Administración: Corresponde a doña María Paz Rivas Pizarro y don Miguel Alejandro Hervé Claude, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, con las más amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de Mayo de 2025.