INSTITUTO DE MAMOGRAFIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de mayo de 2025
- Repertorio
- 5422-25
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- agrupación de Comunas de Temuco
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio en Antonio Varas N°979 Temuco, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 27 de Mayo de 2025, Repertorio N° 5422-25, otorgada ante mí, compareció don ELIAZER POBLETE TORRES, domiciliado en Antonio Varas 687, oficina 403, Temuco; señala que por escritura pública de fecha 14 de marzo de 2025, suscrita ante esta notaria, repertorio N° 2789-2025, don OSVALDO MARABOLÍ FAÚNDEZ, domiciliado en calle Dinamarca número seiscientos veintiuno, de la comuna de Temuco; doña MARISOL PERALES SOTO, domiciliado en calle Dinamarca número seiscientos veintiuno, de la comuna de Temuco, doña ROCIO JAZMIN MARABOLI PERALES, domiciliada en camino Botrolhue Kilometro cuatro coma tres, Parcela número treinta y ocho, de la ciudad y comuna de Temuco y don JUAN ESTEBAN MARABOLI MARINKOVICH, domiciliado en calle volcán Tolhuaca, departamento H, torre D, de la ciudad y comuna de Temuco modificaron INSTITUTO DE MAMOGRAFIA SpA., habiéndose solicitado su publicacion de extracto en el Diario Oficial con fecha 15 de mayo de 2025, publicándose el día 17 de mayo del mismo año, en su edición número 44.151, estando fuera de plazo según la norma del artículo 345 del Codigo de Comercio.-. Además, expone el compareciente que viene en sanear según la Ley Nº 19.499, la escritura social antes singularizada, por no haberse publicado ni tampoco inscrito dentro del plazo exigido por la ley. Asimismo, señala que la facultad de representar a los otorgantes consta en la cláusula octava de la anterior escritura. Se faculta, al portador de copia autorizada de esta escritura, para requerir y firmar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones, y rectificaciones que procedan en los registros correspondientes del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Demás estipulaciones constan escritura pública extractada.- Doy fe.- Temuco 28 de Mayo del año 2025.