MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GRANELES INDUSTRIALES LIMITADA

RUT 76146019-6 CVE 2653300
Fecha instrumento
25 de abril de 2025
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
25 de abril de 2025
Repertorio
644-2025
Notario
RODRIGO JAVIER DÍAZ SUÁREZ
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES MACHALÍ LIMITADA socio 76335769-4
COMERCIAL Y ASESORÍAS CORREA BARROS LIMITADA socio 77096880-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO JAVIER DÍAZ SUÁREZ, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, certifica que: Por escritura pública hoy, ante mí, Repertorio N° 644-2025. Los socios de la sociedad GRANELES INDUSTRIALES LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 282 N° 340 del Registro de Comercio de Rancagua del año 2011, INVERSIONES MACHALÍ LIMITADA, RUT N° 76.335.769-4, y COMERCIAL Y ASESORÍAS CORREA BARROS LIMITADA, RUT N° 77.096.880-1, todos domiciliados en Presidente Eduardo Frei Montalva N° 340, piso 4, Rancagua; Acordaron: modificar la cláusula cuarta del pacto social, que se reemplaza por la siguiente: “CUARTO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios de almacenaje de granos y productos, y su acondicionamiento, en el más amplio sentido; b) el procesamiento de todo tipo de productos agrícolas, tales como: el roleado de maíz, pelado de lupino, etc.; c) la producción, compra, venta, y comercialización dentro o fuera del país, por cuenta propia o ajena de toda clase de productos agrícolas, semillas, granos y materias primas; d) la importación, distribución, comercialización, exportación, venta al por mayor de metales y minerales, sean metalíferos o no metalíferos, y productos elaborados con ellos; e) la importación, distribución, comercialización, exportación, venta al por mayor de suplementos alimenticios para uso veterinario; f) y en general, cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden". Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Rancagua, 25 de Abril de 2025.