MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Clariant (Chile) Limitada

RUT 80853400-2 CVE 2653723
Fecha instrumento
17 de abril de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de abril de 2025
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Titular de la 26° Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N°3196, Las Condes, Santiago, certifico que: Por escritura pública de 17 de abril de 2025, Rep. Nº2.436-2.025, ante mí, Uno) GERARDO OVALLE MAHNS, domiciliado en El Regidor, 66, piso 11, Las Condes, Santiago, y JOSÉ MARCELO GONZÁLEZ QUIROGA, domiciliado en Camino a Melipilla N° 15.170, Maipú, Santiago, en representación de CLARIANT INTERNATIONAL LIMITED y asimismo en representación de la sociedad CLARIANT CONSULTING LIMITED, ambas domiciliadas en Camino a Melipilla N° 15.170, Maipú, Santiago, y Dos) JOSÉ MARCELO GONZÁLEZ QUIROGA, ya individualizado, y ANÍBAL VIAL DE AMESTI, domiciliado en El Regidor, N° 66, piso 11, Las Condes, Santiago, en representación de CLARIANT AG, domiciliada en Camino a Melipilla N° 15.170, Maipú, Santiago; modificaron CLARIANT (CHILE) LIMITADA, inscrita a fj. 2823, N°1448 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1966. Las modificaciones consisten: 1) CLARIANT CONSULTING LIMITED, cedió y transfirió a la sociedad CLARIANT AG, quien aceptó y adquirió para sí, la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad CLARIANT (CHILE) LIMITADA, ascendientes al 6,03%, por un precio de $892.263,74 pesos. Como resultado de la cesión anterior, quedan como únicos y actuales socios de la sociedad CLARIANT (CHILE) LIMITADA, la sociedad CLARIANT INTERNATIONAL LIMITED, con un 93,97% y la sociedad CLARIANT AG, con un 6,03%; 2) Los actuales socios de la sociedad CLARIANT (CHILE) LIMITADA modifican las cláusula tercera, relativa al capital social por la que sigue: “TERCERO: El capital de la sociedad asciende a la suma de catorce millones setecientos noventa y siete mil setenta y siete pesos, el cual se encuentra pagado y suscrito por los socios en la siguiente proporción: a) Clariant AG, el seis coma cero tres por ciento; y b) Clariant International Limited, el noventa y tres coma noventa y siete por ciento”. En todo lo demás, los estatutos se mantienen plenamente vigentes, especialmente en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los respectivos aportes. Demás estipulaciones constan es escritura extractada. Santiago, 13 de mayo de 2025. HQM. Not. Pub.