UNILINK SERVICIOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2025
- Repertorio
- 2650-2025
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría de Lo Barnechea
- Comuna
- Lo Barnechea
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Lo Barnechea, con asiento en Avenida La Dehesa N°1450, local 1, Lo Barnechea, certifico: Por escritura de fecha 12 de mayo de 2025, repertorio N°2650-2025 ante mí: señor JAIME ANDRES CASTRO POBLETE, domiciliado en Avenida Nueva Providencia número 1881 oficina 1620, comuna de Providencia, en representación de UNILINK SOLUCIONES Y SERVICIOS SpA, empresa del giro de su denominación, único accionista de UNILINK SERVICIOS SpA, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 60738 número 32865 del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, modificada Por escritura de fecha veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro extendida ante el Notario Público titular de Lo Barnechea, don Claudio Salvador Cabezas, que modifica el artículo primero de los estatutos sociales, solo en cuanto al domicilio social, el cual a partir de esa fecha es la ciudad y comuna de Antofagasta, región de Antofagasta, modificación cuyo extracto se inscribió el once de diciembre de dos mil veinticuatro en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 105969 número 42617 del año 2024 y se publicó en el Diario oficial el 12 de diciembre del mismo año e inscribiéndose así mismo en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta a Fojas 75 Vta. N°27 del año 2025. Modifica el artículo séptimo de los estatutos referido a la administración de la sociedad, el uso de la razón social y disposición de bienes, estableciendo que la administración, el uso de la razón social y la disposición de bienes, corresponderán a don Francisco Javier Guzmán Schiappaccasse, don Jaime Andrés Castro Poblete y don Aldo Javier Barreto Sanguinetti, quienes en su calidades de administradores de la sociedad, tendrán las más amplias facultades de administración, uso de la razón social y disposición de bienes, quienes podrán de manera conjunta o separadamente cada uno de ellos, anteponiendo a su firma la razón social, representar a la sociedad, conforme a las facultades que de forma meramente enunciativa constan en la escritura extractada. Adicionalmente, se establece que don Francisco Javier Guzmán Schiappaccasse, don Jaime Andrés Castro Poblete y don Aldo Javier Barreto Sanguinetti, deberán actuar conjuntamente, dos cualesquiera de ellos, anteponiendo sus firmas a la razón social, para representar a la Sociedad, en operaciones de préstamos, sean como créditos en cuenta corriente, líneas o aperturas de crédito, factoring, créditos simples, documentarios, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuentas especiales o en cualquier otra forma, contratar préstamos bancarios de cualquier índole, incluyendo los préstamos con letras pagarés por montos superiores a las dos mil unidades de fomento. Recibir y devolver, en todo o en parle, el importe dé tales préstamos y créditos. Modificar, prorrogar y cancelar total o parcialmente los referidos créditos y préstamos. En caso de que el monto de dichas operaciones no supere las dos mil unidades de fomento, los apoderados podrán actuar individual e indistintamente cualesquiera de ellos en representación de la sociedad, anteponiendo simplemente sus firmas a la razón social. En todo lo no modificado quedan plenamente vigentes las disposiciones contenidas en la constitución de la sociedad. Santiago 12 de mayo de 2025.