KARU SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2025
- Repertorio
- 9293
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $9.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPor acta de junta extraordinaria de accionistas de fecha trece de mayo de dos mil veinticinco; reducida a escritura pública con fecha 14 de mayo de 2025 y anotada bajo el repertorio N° 9293, otorgado ante el Notario Interino de la 41° Notaría de Santiago, don José Tomas Fabres Bordeu: don MOHSEN EMI GOMEZ RIVAS, cédula de identidad N° 20.844.762-9, y doña OLGA YAMILETH GARCÍA CRUZ, cédula de identidad N° 24.418.613-0, cada uno con 4.500 acciones, de un total de 9.000 acciones, con un capital social total de $9.000.000.- de KARU SPA, Rut 76.874.026-7, ratificaron la compraventa de acciones celebrada entre las partes realizada con fecha veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, por la que doña Olga Yamileth García Cruz compró la totalidad de las acciones que le pertenecían a don Mohsen Emi Gómez. Ratificando y saneando lo obrado asimismo en Junta extraordinaria de accionistas de fecha veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Consecuencialmente vienen en modificar la sociedad antes mencionada, la que se encuentra inscrita a fojas 26.764 número 14.173 del Registro de Comercio de Santiago del año 2018. Los socios antes indicados, al efecto vienen en sanear la modificación de la sociedad indicada de la junta mencionada de fecha veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, la que fue reducida a escritura pública ante el Notario Interino de la cuadragésima primera notaria de Santiago, don José Tomas Fabres Bordeu con fecha diecisiete de enero de dos mil veinticinco y anotada bajo el repertorio número mil doscientos noventa y siete guión dos mil veinticinco. Con lo que se sanea y ratifica la modificación de los estatutos sociales en su artículo DECIMO CUARTO, en cuanto a que la administración, representación y uso de la razón social será ejercida exclusivamente por doña Olga Yamileth García Cruz, con amplias facultades de administración y disposición de bienes enunciadas en el mismo precepto de la escritura de constitución social, las que se dan por enteramente reproducidas para todos los efectos legales. Los accionistas antes indicados por unanimidad y de común acuerdo vienen en acordar, y aprueban la precedente modificación de los estatutos sociales, para proceder a su formalización y sus publicaciones e inscripciones en los registros notariales y de comercio correspondientes, saneando al efecto cualesquier vicio formal o de plazo para su inscripción y publicación conforme a la Ley. Autorizaron al efecto al abogado don Rodrigo Antonio Huaiquimilla Arcos, cédula de identidad catorce millones ciento ochenta y dos mil ochocientos noventa y seis guion siete, para que redujera dicha acta extraordinaria de accionistas, cometido que fue cumplido conforme el instrumento público citado precedentemente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 22 de mayo de 2025.