SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS FARÍAS & DE LA VEGA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de mayo de 2025
- Repertorio
- 9993-2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 10 años que se prorrogarán automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que alguna de las socias manifieste su deseo de ponerle término mediante una declaración por escritura pública con 6 meses de anticipación al vencimiento, que se anotará al margen de la inscripción social
Objeto social
El objeto exclusivo será la prestación de asesorías profesionales y consultorías en materias legales, judiciales, corporativas y de cualquier otra de similar naturaleza, tanto para personas naturales y jurídicas. Asimismo, podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941 local 302, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de mayo de 2025, Repertorio 9993-2025, ante mí, PAULINA PAZ FARÍAS CASTRO, chilena, abogada, C.I. 16.122.546-0, casada bajo régimen de participación en los gananciales, domiciliada en Hamburgo 920, departamento 108, comuna de Ñuñoa, y ANDREA DE LA VEGA SILVA, chilena, abogada, casada bajo régimen de separación total de bienes, C.I. 16.885.613-k, domiciliada en Silvina Hurtado 1539, departamento 204, comuna de Providencia; constituyeron sociedad limitada de profesionales: Razón Social: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS FARÍAS & DE LA VEGA LIMITADA”, con nombre de fantasía “ASESORÍAS FARÍAS & DE LA VEGA LTDA.” o “FDLV LTDA.” Duración: 10 años que se prorrogarán automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que alguna de las socias manifieste su deseo de ponerle término mediante una declaración por escritura pública con 6 meses de anticipación al vencimiento, que se anotará al margen de la inscripción social. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerden establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto exclusivo será la prestación de asesorías profesionales y consultorías en materias legales, judiciales, corporativas y de cualquier otra de similar naturaleza, tanto para personas naturales y jurídicas. Asimismo, podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos. Capital: $1.000.000.-, distribuido entre los socios en las siguientes proporciones: a) Paulina Paz Farías Castro con $700.000.- equivalentes al 70% de los derechos sociales, y b) Andrea de la Vega Silva con $300.000 equivalentes al 30% de los derechos sociales. Los aportes se pagarán con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde esta fecha. Administración y uso de Razón Social: Corresponderá a ambas socias. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de mayo de 2025.