SOCIEDAD DE PRESTACIONES MEDICAS E IMAGENOLOGICAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2025
- Repertorio
- 1039-2025
- Notario
- LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA
- Domicilio
- las comunas de La Calera
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Abogado, Notario Público, de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en calle Diego Lillo número 331, de esta ciudad, certifico que, por escritura pública de fecha 15 de Abril de 2025, Repertorio 1.039-2025, otorgada ante mí, don JUAN PATRICIO BAHAMONDES ARAYA, chileno, soltero, Tecnólogo Médico, cédula nacional de identidad N° seis millones ciento cuatro mil ochocientos noventa guion uno, domiciliado en Carrera número quinientos tres, segundo piso, La Calera, vendió el veintitrés coma treinta y tres por ciento de sus derechos a doña SILVIA DEL CARMEN CARRASCO MUÑOZ. Quedando en consecuencia la SOCIEDAD DE PRESTACIONES MEDICAS E IMAGENOLOGICAS LIMITADA que opera en la prestación Servicios Médicos y Radiológicos, rol único tributario setenta y siete millones cuatrocientos cuarenta y un mil ciento noventa guion nueve, sus derechos sociales de la siguiente manera: don JUAN PATRICIO BAHAMONDES ARAYA con el 60% y doña SILVIA DEL CARMEN CARRASCO MUÑOZ con el 40% de los derechos sociales. Capital inicial: 3.000.000, enterados en dinero efectivo contado, con un 83,33% el socio Bahamondes Araya y un 16,67% la socia Carrasco Muñoz. Además, declaró que subsistirán plenamente los demás disposiciones del contrato social que no han sido modificadas por la escritura con excepción de la cláusula QUINTA de los derechos de la sociedad en común y que fue modificada a la que se le agregará al final de ella lo siguiente: “En caso de que la administración de la sociedad y el uso de la razón social del exclusivo socio singularizado no puedan ejecutarse por: enfermedad repentina, accidente, muerte o cualquier otra causa sobreviniente que le impida la administración, quedará la administración de la sociedad y el uso de la razón social en doña SILVIA DEL CARMEN CARRASCO MUÑOZ, con todas las facultades que esta cláusula señalan. La Calera, 19 de Mayo de 2025.-