MINERA RAFAELA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 6 de mayo de 2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- S.C.M. Minera Rafaela
- Capital
- $4.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La exploración, investigación, y en general, la prospección de las concesiones mineras que la sociedad constituya, adquiera o disponga, posea o tenga a cualquier título, b) La construcción, el desarrollo y la explotación de esas mismas concesiones y de otros derechos de la misma naturaleza que constituyan los activos de la sociedad, así como también aquellos otros que pueda adquirir en cualquier forma en el futuro o que pueda llega a explorar o explotar, incluyendo toda clase de yacimientos o recursos mineros por cuenta de o en asociación terceros, el procesamiento o beneficio de minerales, la explotación de plantas de concentración, flotación, cianuración, y, en general, de beneficio de minerales, propias o ajenas, así como de otros procesos complementarios de producción y la venta, comercialización y exportación de productos mineros, subproductos y derivados de la minería. c) La compra y arrendamiento de concesiones mineras para su exploración y)o explotación d) La participación o inversión en cualquier clase de sociedad o Joint Venture dedicado a la exploración, construcción, desarrollo, explotación y comercialización de cualquier tipo de depósito mineral y concesiones mineras y; e) En general, la realización de cualquier actividad relacionada con la minería para sí o para terceros, incluyendo la perforación y equipamiento de piques verticales e inclinados; excavaciones de producción minera, su desarrollo y construcciones subterráneas; construcción de obras civiles, excavaciones subterráneas y túneles, excavación de piques, construcción de túneles, diques, represas, acueductos, caminos, cañerías, barreamientos y perforaciones
Administración
La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a don Fernando Silva Calonge, cédula de identidad 9.183.530-4, con facultades indicadas en escritura. Concesiones Mineras: Para efectos del numeral 4 del artículo 201 del Código de Minería, se deja constancia que la sociedad en calidad de continuadora legal de Minera Rafaela S.A., es dueña de la pertenencia minera que se detalla en escritura extractada. Responsabilidad: Los accionistas no serán responsables ante terceros por obligaciones de la sociedad
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad Comercial Inversiones El Domo SpA | socio | 77414557-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Titular 26ª Notaría Santiago, Avda. Apoquindo Nº 3196, comuna Las Condes, CERTIFICA: Hoy, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de sociedad “MINERA RAFAELA S.A.”, celebrada con fecha 06 de mayo de 2025, sociedad inscrita a fojas 38533 número 27418 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2005, en la que se acordó transformar Minera Rafaela S.A. en Sociedad Contractual Minera regida por el Código de Minería, estableciéndose sus estatutos: Socios: Fernando Silva Calonge, cédula nacional de identidad 9.183.530-4, Sociedad Comercial Inversiones El Domo SpA, RUT 77.414.557-5. Nombre: Sociedad Contractual Minera Rafaela. Nombre de fantasía: S.C.M. Minera Rafaela. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales o agencias en el país o extranjero. Objeto: a) La exploración, investigación, y en general, la prospección de las concesiones mineras que la sociedad constituya, adquiera o disponga, posea o tenga a cualquier título, b) La construcción, el desarrollo y la explotación de esas mismas concesiones y de otros derechos de la misma naturaleza que constituyan los activos de la sociedad, así como también aquellos otros que pueda adquirir en cualquier forma en el futuro o que pueda llega a explorar o explotar, incluyendo toda clase de yacimientos o recursos mineros por cuenta de o en asociación terceros, el procesamiento o beneficio de minerales, la explotación de plantas de concentración, flotación, cianuración, y, en general, de beneficio de minerales, propias o ajenas, así como de otros procesos complementarios de producción y la venta, comercialización y exportación de productos mineros, subproductos y derivados de la minería. c) La compra y arrendamiento de concesiones mineras para su exploración y/o explotación d) La participación o inversión en cualquier clase de sociedad o Joint Venture dedicado a la exploración, construcción, desarrollo, explotación y comercialización de cualquier tipo de depósito mineral y concesiones mineras y; e) En general, la realización de cualquier actividad relacionada con la minería para sí o para terceros, incluyendo la perforación y equipamiento de piques verticales e inclinados; excavaciones de producción minera, su desarrollo y construcciones subterráneas; construcción de obras civiles, excavaciones subterráneas y túneles, excavación de piques, construcción de túneles, diques, represas, acueductos, caminos, cañerías, barreamientos y perforaciones. Duración: Indefinida. Capital y acciones: $4.000.000 divididos en 100 acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor, íntegramente suscritos y pagados, en conformidad a las acciones de las que disponían en la sociedad anónima, esto es, Don Fernando Silva Calonge, 99 y Sociedad Comercial Inversiones El Domo SpA, 1 acción. Administración: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a don Fernando Silva Calonge, cédula de identidad 9.183.530-4, con facultades indicadas en escritura. Concesiones Mineras: Para efectos del numeral 4 del artículo 201 del Código de Minería, se deja constancia que la sociedad en calidad de continuadora legal de Minera Rafaela S.A., es dueña de la pertenencia minera que se detalla en escritura extractada. Responsabilidad: Los accionistas no serán responsables ante terceros por obligaciones de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de mayo de 2025. H. Quezada M.