Inversiones Hermanas Misito Mujica Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2025
- Repertorio
- 6828-2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad rige desde la fecha de la escritura extractada hasta el 31 de diciembre de 2040, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por periodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, de la forma indicada en la escritura extractada
Objeto social
El objeto de la sociedad será efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjero y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen en el futuro incluyendo la administración, transferencia, explotación usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a doña Victoria Misito Mujica y a doña Antonia Misito Mujica, quienes, actuando conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social, obligarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración, pudiendo ejecutar todos los actos, contratos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIván Torrealba Acevedo, Notario Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio N° 6.828-2025, doña Victoria Misito Mujica, domiciliada en Albert Le Blanc N°1.737, departamento 605, comuna de Lo Barnechea, y doña Antonia Misito Mujica, domiciliada en Mar Jónico N°8.075, departamento 610, comuna de Lo Barnechea, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos: Razón Social: “Inversiones Hermanas Misito Mujica Limitada”, pudiendo utilizar, incluso ante los bancos e instituciones financieras, el nombre de fantasía “Hermanas Misito Ltda.”. Objeto: El objeto de la sociedad será efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjero y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen en el futuro incluyendo la administración, transferencia, explotación usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos. Administración y uso de la razón social: La administración y uso de la razón social corresponderá a doña Victoria Misito Mujica y a doña Antonia Misito Mujica, quienes, actuando conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social, obligarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración, pudiendo ejecutar todos los actos, contratos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Capital: $1.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) doña Victoria Misito Mujica aporta $500.000.-, equivalentes al 50% del capital social, que paga en el acto de constitución y en dinero efectivo, y b) doña Antonia Misito Mujica aporta $500.000.-, equivalentes al 50% del capital social, que paga en el acto de constitución y en dinero efectivo. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias, oficinas y representaciones que los socios acuerden establecer en otras ciudades del país y/o extranjero. Duración: La sociedad rige desde la fecha de la escritura extractada hasta el 31 de diciembre de 2040, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por periodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, de la forma indicada en la escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 20 de Mayo de 2025.