Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2025
- Repertorio
- 5974/2025
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La adquisición, a cualquier título, de bienes raíces; su explotación bajo la forma de compraventa, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; b) Efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir, a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indiciado; c) La elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería, en toda clase de especialidades; el desarrollo de toda clase de encargos de consultoría y la realización de toda clase de proyectos, estudios, asesorías y tasaciones. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forma parte o constituya al efecto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3076, piso 6, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de mayo de 2025, Repertorio N°5.974/2025, ante mí, don RANTÉS VERDUGO PEROMARTA, en calidad de único accionista, constituye una Sociedad por Acciones, de conformidad a lo dispuesto en el Párrafo 8° del Título 7° del Libro II del Código de Comercio, la cual se regirá por las disposiciones pertinentes ya señaladas y, de forma preponderante, por sus Estatutos. Nombre: “RANSUA CAPITAL PARTNERS SpA” pudiendo usar como nombre de fantasía “RANSUA CAPITAL”. Objeto Social: El objeto de la sociedad será: a) La adquisición, a cualquier título, de bienes raíces; su explotación bajo la forma de compraventa, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; b) Efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir, a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indiciado; c) La elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería, en toda clase de especialidades; el desarrollo de toda clase de encargos de consultoría y la realización de toda clase de proyectos, estudios, asesorías y tasaciones. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forma parte o constituya al efecto. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, las cuales son íntegramente suscritas y pagadas en el acto constitutivo, al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 20 de mayo de 2025. Patricia Valentina Manríquez Huerta. Notario Público Titular.-