Allpa Farms SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.481.664 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica; por Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Allpa Farms SpA (la “Sociedad”), celebrada con fecha 21 de abril de 2025, y reducida a escritura pública ante mí, con fecha 15 de mayo de 2025, bajo Repertorio número 9.514-2025, los accionistas de la Sociedad acordaron, entre otras materias, lo siguiente: i) Aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $2.481.664.000 dividido en 2.481.644 acciones, a la suma de $3.181.664.000 dividido en 3.181.664 acciones, todas ordinarias, nominativas, iguales, de una misma y única serie y sin valor nominal, esto es, aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $700.000.0000 mediante la emisión de 700.000 acciones, a un valor aproximadamente de $1.000 la acción, íntegramente suscritas por los accionistas en ese acto a prorrata de su participación accionaria y que deberán ser pagadas dentro del plazo de 3 años a contar del 21 de abril de 2025. De esta forma, el capital de la Sociedad asciende a la suma de $3.181.664.000, dividido en 3.181.644 acciones, el que se encuentra íntegramente suscrito y parcialmente pagado en las siguientes proporciones: a) Asesorías Santa Rita Limitada ha suscrito 707.037 acciones de las cuales 551.481 acciones han sido pagadas y 155.556 acciones se encuentran pendientes de pago; b) Sociedad Inmobiliaria, Servicios e Inversiones Maison Limitada ha suscrito 883.795 acciones, de las cuales 689.351 acciones han sido pagadas y 194.444 se encuentran pendientes de pago; y c) Inversiones Mediterra SpA ha suscrito 1.590.832 acciones, de las cuales 1.240.832 acciones han sido pagadas y 350.000 acciones se encuentran pendientes de pago. El plazo para el pago de las acciones suscritas y pendientes de pago es de 3 años a contar del 21 de abril de 2025; y ii) Modificar, en consecuencia, los artículos Cuarto permanente y Primero Transitorio conforme a la escritura extractada. Otras estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización.- Santiago, 19 de Mayo de 2025.- Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular.