AGRÍCOLA BUENA VISTA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de marzo de 2025
- Notario
- FRANCISCA ALEJANDRA HERMOSILLA CORRAL
- Oficio
- Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 20.780
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA ALEJANDRA HERMOSILLA CORRAL, abogado, Notario Público Suplente de la Primera Notaría de Santiago, Huérfanos 1.160, Of. 101 y 102, certifica: que por escritura pública de fecha 17 de Marzo del año 2025, otorgada ante don Rodrigo Andrés Farías Picón, Notario Público Interino 1ª Notaría de Santiago, mismo domicilio anterior, bajo el repertorio número 4.012-2025, comparecieron: : i) don RENATO PABLO HUBER ACUÑA; y, ii) don CARLOS JOSÉ HUBER SCHULZ; todos domiciliados para estos efectos en calle Avenida Eliodoro Yáñez número 1.649, oficina 603, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, quienes acordaron aumentar el capital de la sociedad “AGRÍCOLA BUENA VISTA LIMITADA”, cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 30.658 número 20.435 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013, en los siguientes términos: i. Da Cuenta: Los comparecientes declararon que, con fecha 31 de diciembre de 2015, la sociedad modificó su régimen tributario desde renta presunta a renta efectiva sobre base de contabilidad completa. Conforme a lo dispuesto en el artículo tercero transitorio, título IV, N° 1, letra h) de la Ley N° 20.780, se consideró como capital, para todos los efectos legales, la diferencia positiva entre los activos y pasivos debidamente registrados. Asimismo, se dejó constancia de que se debía modificar el capital por concepto de revalorización del capital propio, según el detalle consignado en la escritura extractada. ii) Aumento de Capital: Aumentar el capital de la Sociedad, desde su suma actual ascendente a $1.000.000 a la suma de $487.878.993, esto es, un aumento en $486.878.993; iii) Modificación Estatutos Sociales: En consecuencia, los comparecientes acordaron modificar la cláusula de los estatutos sociales relativa al capital, que quedó del siguiente tenor: “El capital social es la suma única y total de $487.878.993 que los socios aportaron y enteraron en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, en las siguientes cantidades y proporciones: a) don RENATO PABLO HUBER ACUÑA con la suma de $483.000.203, equivalentes al 99% de los derechos sociales; y, b) don CARLOS JOSÉ HUBER SCHULZ con la suma de $4.878.790, equivalentes al 1% de los derechos sociales”.Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de Mayo de 2025, Not. Púb. Suplente.-