INVERSIONES CHILEMEDGROUP SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de mayo de 2025
- Repertorio
- 451-2025
- Notario
- ALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES
- Oficio
- Vigésimo Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Personas y entidades (16)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES WAGNER Y CIA LIMITADA | socio | 77787498-5 | — | — | |
| Doña CAROLINA ANDREA SOTO DIEZ | socio | 13449598-7 | — | — | |
| INVERSIONES SANTA CAROLINA LIMITADA | socio | 77787499-3 | — | — | |
| INVERSIONES S Y M LIMITADA | socio | 77787506-K | — | — | |
| INVERSIONES SANHUEZA BALADRÓN LIMITADA | socio | 77787549-3 | — | — | |
| INVERSIONES SANHUEZA PIRAZZOLI LIMITADA | socio | 77787547-7 | — | — | |
| INVERSIONES SCALPEX LIMITADA | socio | 77787548-5 | — | — | |
| INVERSIONES VARAS ZECHER LIMITADA | socio | 77787551-5 | — | — | |
| INVERSIONES ETCHEVERS SPA | socio | 78009101-0 | — | — | |
| OCAP SpA | socio | 76975979-4 | — | — | |
| INVERSIONES SAN BERNARDO SpA | socio | 77235515-7 | — | — | Vitacura |
| SOCIEDAD ASESORÍAS E INVERSIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS LTDA | socio | 76077765-K | — | — | |
| INVERSIONES SHARON SPA | socio | 78077106-2 | — | — | |
| INMOBILIARIA CASTRO RIVERA LIMITADA | socio | 77634974-7 | — | — | |
| INVERSIONES CABEZÓN Y RAMIREZ LIMITADA | socio | 77787503-5 | — | — | |
| INMOBILIARIA CENTRO DE CIRUGIA AMBULATORIA SpA | socio | 77818598-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES, Notario Público Interino de la Vigésimo Segunda Notaría de Santiago, con oficio y domicilio en Avenida El Bosque Norte N°047, comuna de Las Condes, certifico: 1) Haber tenido a la vista, con esta fecha, el Registro de Accionistas de la sociedad Inversiones Chilemedgroup SpA, donde a la fecha de la presente modificación que se extracta, los comparecientes tienen la calidad de únicos accionistas de la sociedad. 2) Que, por Instrumento privado protocolizado de fecha 25 de abril de 2025, Repertorio 451-2025, ante mi: 1.- Don PABLO WAGNER HITSCHFELD, C.I. 15.639.357-6, en nombre y representación de INVERSIONES WAGNER Y CIA LIMITADA, RUT 77.787.498-5, ambos domiciliados en calle Alonso Sotomayor, número 4320, departamento 44, Vitacura; 2.- Doña CAROLINA ANDREA SOTO DIEZ, CI 13.449.598-7, en nombre y representación de INVERSIONES SANTA CAROLINA LIMITADA, RUT 77.787.499-3, ambos domiciliados en Maria L Santander, número 159, departamento 4, Providencia; 3.- Don EMILIO WAGNER HITSCHFELD, C.I. 11.845.590-8 en nombre y representación de INVERSIONES S Y M LIMITADA, RUT 77.787.506-K, ambos domiciliados en Avenida Vitacura número 5900, oficina 214, Vitacura; 4.- Don CRISTOBAL TOMÁS SANHUEZA CONDELL, C.I. 15.342.465-9, en nombre y representación de INVERSIONES SANHUEZA BALADRÓN LIMITADA, RUT 77.787.549-3, ambos domiciliados en El Remanso número 11110, Casa EL ARRECIFE 54, Las Condes; 5.- Don FELIPE ALBERTO SANHUEZA ZAMORA, C.I. 15.710.764-K, en nombre y representación de INVERSIONES SANHUEZA PIRAZZOLI LIMITADA, RUT 77.787.547-7, ambos domiciliados en Calle del Pregonero número 2750, Comuna de Lo Barnechea; 6.- Don LEONARDO ANDRES PARADA MATUS, C.I. 15.214.540-3, en nombre y representación de INVERSIONES SCALPEX LIMITADA, RUT 77.787.548-5, ambos domiciliados en Los Acantos número 1457, departamento 1205, Vitacura; 7.- Don GONZALO ANDRÉS VARAS MARCHANT, C.I. 9.911.125-9, en nombre y representación de INVERSIONES VARAS ZECHER LIMITADA, RUT 77.787.551-5, ambos domiciliados en Las Lomas número 402, Las Condes; 8.- Don GASTÓN ETCHEVERS REYES, C.I. 15.492.428-0 en nombre y representación de INVERSIONES ETCHEVERS SPA, RUT 78.009.101-0, ambas con domicilio en Av Nueva Costanera 3222 depto 152 torre E, ciudad de Santiago. 9.- Don CRISTIÁN ORTIZ MATELUNA, C.I. 8.459.004-5, en nombre y representación de OCAP SpA, RUT 76.975.979-4, en ambos con domicilio en Colina del sur número 9779, Las Condes; 10.- Don BERNARDO VALDÉS VALDÉS, C.I. 16.099.672-2, en nombre y representación de INVERSIONES SAN BERNARDO SpA, RUT 77.235.515-7, con domicilio en AV. Vitacura 5250 Of 1301, Vitacura, Santiago. 11.- Don RODOLFO VALDÉS ECHENIQUE, C.I. 7.045.339-8, en nombre y representación de SOCIEDAD ASESORÍAS E INVERSIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS LTDA, RUT 76.077.765-K, ambos con domicilio en, Marcoleta 594 depto 10, Santiago; 12.- Don RODRIGO GUILOFF KRAUSS, C.I. 17.699.757-5; en nombre y representación de INVERSIONES SHARON SPA, RUT 78.077.106-2, ambos con domicilio en Av. General Bustamante 250, oficina 301, Providencia, Santiago. 13.- Doña LORETO RIVERA SÁNCHEZ, C.I. 13.513.679-4, en nombre y representación de INMOBILIARIA CASTRO RIVERA LIMITADA, RUT 77.634.974-7, ambas con domicilio en Avenida Nahuelbuta 2.255 depto 604, Andalue San Pedro de la Paz, ciudad de Concepción. 14.- Don PABLO WAGNER HITSCHFELD, C.I. 15.639.357- 6, en nombre y representación de INVERSIONES CABEZÓN Y RAMIREZ LIMITADA, RUT 77.787.503-5, ambos domiciliados para estos efectos en Camino la Fuente, número 1159, Casa 5, Las Condes; 15.- Don JOSÉ MIGUEL VALDÉS VALDÉS, C.I 19.079.592-6, en nombre y representación de OUROBOROS SpA, Rut 77.235.544-0, con domicilio en AV. Vitacura 5250 Of 1301, Vitacura Santiago. 16.- Doña MARÍA DE LOS ÁNGELES VALDÉS VALDÉS, C.I. 15.384.994-3, en nombre y representación de LOS ALERCES SpA, Rut 77.235.539-4, con domicilio en AV. Vitacura 5250 Of 1301, Vitacura Santiago; 17.- Don PABLO WAGNER HITSCHFELD, C.I. 15.639.357-6, en nombre y representación de INMOBILIARIA CENTRO DE CIRUGIA AMBULATORIA SpA, RUT 77.818.598-9, y de CENTRO DE CIRUGÍA AMBULATORIA SANTIAGO SpA, rol único tributario número 77.818.611-K, todos domiciliados en Alonso de Sotomayor 4320 depto 44, Vitacura. Los comparecientes, modificaron Sociedad por Acciones, INVERSIONES CHILEMEDGROUP SpA, capital $10.000.000.- RUT 77.802.484-5, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 63724 número 27547 año 2023, en el siguiente sentido: A.- Modificación de mayoría necesaria para aumentar capital de la sociedad. Los únicos y actuales accionistas acuerdan aumentar el quórum de votación para acordar los aumentos de capital de la Sociedad, elevando al sesenta por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto para su aprobación. En tal sentido, acuerdan modificar el ARTÍCULO OCTAVO de los estatutos, el que quedará redactado en adelante, de la manera que a continuación se indica: “ARTÍCULO OCTAVO: El capital de la sociedad podrá aumentarse por acuerdo del sesenta por ciento de las acciones suscritas y pagadas de la sociedad en Junta Extraordinaria de Accionistas o conforme al artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio. Un extracto del documento en que conste el aumento de capital será inscrito y publicado de conformidad a lo establecido en el artículo cuatrocientos veintisiete en relación con el artículo cuatrocientos veintiséis, ambos del Código de Comercio.- “ B.- Modificación de número de Directores. Los únicos y actuales accionistas de la Sociedad acuerdan modificar el número de Directores de la Compañía, aumentándolo de tres a cinco miembros. En tal sentido, se modifica el ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO de los Estatutos, específicamente el literal a), en el sentido que en adelante la sociedad tendrá un Directorio compuesto de cinco miembros. Para que no exista duda en cuanto a la redacción del mencionado literal a) del artículo décimo tercero de los Estatutos, este quedará redactado en adelante como sigue: “a) El Directorio estará compuesto por cinco miembros titulares elegidos por Junta de Accionistas”. C.- Modificación artículo VIGÉSIMO TERCERO. Los únicos y actuales accionistas de la Sociedad acuerdan modificar el ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO de los estatutos con el objetivo de establecer quórum especiales para determinados acuerdos. Se determina que, para temas de aumento de capital, distribución de dividendos y temas de relevancia financiera de la compañía, entendiendo por tal lo indicado en el artículo 57 número 4 en relación con el artículo 67 número 9 de la Ley 18.046, se requerirá del 60% de las acciones emitidas con derecho a voto. Para que no exista duda en cuanto a la redacción del mencionado artículo, este quedará redactado en adelante de la manera que a continuación se indica: "ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: Los acuerdos de las Juntas de Accionistas se adoptarán, en general, con el voto de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Sin perjuicio de lo anterior, requerirán del voto conforme de las dos terceras partes de las acciones emitidas con derecho a voto, aquellas materias indicadas en el artículo sesenta y siete de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, con excepción de los acuerdos relativos al aumento de capital de la compañía, y de los números doce y dieciséis de dicha norma, los que se adoptarán por mayoría absoluta. Las reformas de estatutos que tengan por objeto la modificación, prórroga o supresión de preferencias, deberán ser aprobadas con el voto conforme de la mayoría absoluta de las acciones de la serie o series afectadas. Adicionalmente, los acuerdos sobre aumento de capital, distribución de dividendos y temas de relevancia financiera, entendiendo por relevancia financiera lo dispuesto en el artículo 57 número 4 en relación con el artículo 67 número 9 de la Ley 18.046, requerirán del voto conforme del 60% de las acciones emitidas con derecho a voto." Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Santiago, 20 de Mayo de 2025.-/nh