MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

C Y P INGENIERIA ELECTRICA LIMITADA

RUT 76057050-8 CVE 2650705
Fecha instrumento
6 de mayo de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de mayo de 2025
Notario
Abogado
Oficio
17 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÜERLE, Abogado, Notario Público, Titular de la 17 Notaría de Santiago, con oficio en calle Ahumada N°236, 3° piso, comuna Santiago, certifica: Por escritura de fecha 6 de Mayo de 2025, ante mí, doña LORENA ANDREA PINO CESPED, chilena, casada y separada de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número once millones seiscientos veintiocho mil doscientos ocho guion nueve, domiciliada para estos efectos en calle Manuel Ojeda número sesenta y siete, comuna de Peñaflor, Región Metropolitana, doña ANGÉLICA DEL CARMEN TOBAR PINEDA, chilena, casada y separada de bienes, pensionada, cédula de identidad número seis millones novecientos treinta y tres mil veintidós guion tres, domiciliada en calle Los Reyes número doce mil ochocientos cuarenta y dos, Villa Magisterio, comuna de El Bosque, Región Metropolitana y don SERGIO ANTONIO GAJARDO POBLETE, chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad número diez millones ochocientos trece mil ochocientos doce guion dos, domiciliado en calle Joaquín Rodríguez número siete mil doscientos sesenta y ocho letra C, comuna de Macul, región Metropolitana; sanean la sociedad de nombre C Y P INGENIERIA ELECTRICA LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cincuenta y siete mil cincuenta guion ocho, cuyo extracto de constitución está inscrito a fojas treinta y ocho mil ciento sesenta y dos, con el número veintiocho mil novecientos veintidós, del Registro del Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil tres y publicado con fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil tres, con el número treinta y siete mil setecientos cuarenta y tres, en virtud de lo dispuesto en la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, producto del vicio de nulidad que afecta a la modificación de la sociedad realizada por escritura pública de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil veinticuatro, incorporada en repertorio número treinta y un mil ciento ochenta y ocho del mismo año, otorgada ante el Notario Público don ENRIQUE ALFREDO RODRÍGUEZ SEPÚLVEDA, suplente del Notario Público Titular don FELIX JARA CADOT de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, consistente en la inscripción y publicación del extracto de modificación de forma errónea por consignar que la administración de la sociedad, del nombre de fantasía y la representación judicial y extrajudicial de la misma correspondería a ambas socias, actuando conjuntamente, en circunstancias que la escritura pública establece que la administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a ambas socias quienes podrían actuar conjunta o separadamente, de forma indistinta. Saneada la nulidad de la sociedad doña LORENA ANDREA PINO CESPED, y doña ANGÉLICA DEL CARMEN TOBAR PINEDA, son las únicas socias de C Y P INGENIERIA ELECTRICA LIMITADA, con el cincuenta por ciento de los derechos cada una. En la misma escritura modifican el capital social señalando que el capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: doña LORENA ANDREA PINO CÉSPED, la cantidad de un millón quinientos mil pesos, en este acto, en dinero efectivo ingresado a la caja social y doña ANGÉLICA DEL CARMEN TOBAR PINEDA, la cantidad de un millón quinientos mil pesos, que ingresa, en dinero efectivo, en este acto a la caja social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 15 de Mayo de 2025.