SOCIEDAD MEDICA DOCTOR J. DIAZ DE LA VEGA R. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de noviembre de 1995
- Notario
- R. ALFREDO MARTIN ILLANES
- Oficio
- 15°Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15°Notaria de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 193, locales 101 y 102 Providencia, Certifica que por escritura de hoy ante mí, Jennyfer Inostroza Solis, Abogada, CI: 12.463.297-8, domiciliada en Madre Mazarello, N° 6.690, Las Condes, conforme Ley 19.499, sanea escritura de modificación de sociedad de responsabilidad limitada, denominada “SOCIEDAD MEDICA DOCTOR J. DIAZ DE LA VEGA R. LIMITADA”, otorgada ante el Notario, don Humberto Quezada Moreno, Notario, 26°, Notaría Santiago, con oficio en Huerfanos 835, piso 2°, el 13-11-1995, inscrita en Registro Comercio Santiago a fs. 28164, Nº 22694 año 1995, D.O 25-11-1995, saneamiento consiste: a) Al indicar el nombre de la sociedad original se singularizó como “SOCIEDAD DE MEDICA DOCTOR J. DIAZ DE LA VEGA R. LIMITADA", debiendo ser “SOCIEDAD MEDICA DOCTOR J. DIAZ DE LA VEGA R. LIMITADA". b) El nombre de la sociedad modificada que se indicó como SOCIEDAD MEDICA Dr. JORGE. DIAZ DE LA VEGA R. E.I.R.L., será SOCIEDAD MEDICA DOCTOR JORGE DIAZ DE LA VEGA R. E.I.R.L. c) El objeto social indicado en la cláusula TERCERA de la sociedad original, como “la prestación de servicios profesionales de atención diagnóstico e investigación, en las diversas ramas o especialidades de la medicina y la realización de cualquier otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, en cualquier lugar y para todo tipo de personas. Para ello, podrá comprar, construir, instalar, administrar y explotar todo tipo bienes inmuebles y establecimientos de salud destinados al diagnóstico, prevención y curación de enfermedades. Podrá además adquirir toda clase de instrumental, equipos médicos y todo otro tipo de bienes muebles e inmuebles necesarios para el desarrollo del giro social, tanto la importación, como la exportación, venta y distribución de los mismos y la realización de toda otra actividad análoga complementaria a las anteriores”, será en la sociedad transformada el de “La prestación de servicios profesionales de atención diagnóstico e investigación, en las diversas ramas o especialidades de la medicina, por medio de herramientas o estrategias que la sociedad puede utilizar como; compra de propiedades, equipos, su administración y comercializarlos por importación o exportación, para hacer posible la prestación de estos servicios médicos”. Las Facultades de Jennyfer Inostroza Solis, para celebrar la escritura constan en escritura pública de 8-4-2025, celebrada ante el Notario Público, don R. Alfredo Martín Illanes, titular de la 15°, Notaría de Santiago, En todo lo no modificado rige estatuto social primitivo y sus posteriores modificaciones, Santiago, 22 de abril de 2025.