MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 76080668-4 CVE 2649888
Fecha instrumento
12 de abril de 2025
Notaría
Talcahuano

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2025
Notario
GABRIELA KATHERINE OVIEDO FLORES
Oficio
4° Notaria Talcahuano
Comuna
Talcahuano

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GABRIELA KATHERINE OVIEDO FLORES, Notario Público Interino 4° Notaria Talcahuano, con domicilio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén, certifica: por escritura pública de fecha 12 de abril de 2025, ante mí, EDUARDO EUGENIO SALINAS ARIAS, chileno, médico oftalmólogo, C.I. N° 9.752.726-1, por sí y en representación de doña PAOLA DENISS VASQUEZ MONTENEGRO, chilena, tecnólogo médico, C.I. N° 17.213.778-4, todos con domicilio para estos efectos en calle Barros Arana 1098 oficina 1901, comuna de Concepción; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SERVICIOS MÉDICOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, la cual fue constituida con fecha 28 de septiembre de 2009, mediante escritura pública otorgada ante don Carlos Miranda Jiménez, Notario Público Titular de la ciudad de Concepción, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, a fojas 1759, bajo el número 1738 correspondiente al año 2009, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha 09 de octubre del mismo año, en los términos siguientes: los comparecientes modifican el pacto social en el sentido de reemplazar el acápite final de artículo cuarto, que expresa: “La totalidad de las facultades de administración que tiene don Eduardo Eugenio Salinas Arias o parte de ellas, podrán delegarse en su socia o en un tercero, mediante escritura pública de cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente”, por el siguiente: “La totalidad de las facultades de administración otorgadas en esta cláusula podrán delegarse en todo o en parte, pudiendo conferirse poderes generales o especiales, y revocar los poderes y delegaciones” En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, queda plenamente vigente el pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Hualpén, 20 de mayo de 2025.